Ministerio Público (MP) y abogados querellantes en el proceso abierto por desaparición forzada contra un ex comisionado militar de Choatalum, Jilotepeque, expusieron esta mañana, en una vista pública en la Corte de Constitucionalidad (CC), la antítesis de la inconstitucionalidad planteada por la defensa contra el artículo 201 del Código Penal.
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La defensa de Felipe Cusanero argumenta que la irretroactividad de la ley no permite juzgar un hecho ocurrido entre 1982 y 1984, por medio de un delito tipificado en 1996.
Querellantes y MP coincidieron en los planteamientos respecto a que el delito de desaparición forzada, por el que es juzgado Cusanero, es de trascendencia internacional y de carácter permanente, ya que el sindicado no ha aclarado sobre el paradero de las víctimas, por lo que el ilícito continúa cometiéndose.
Los abogados acusadores reiteraron que el Estado de Guatemala tiene la obligación de juzgar a los culpables de los hechos en cuestión.