Vista pública


Imagen de la vista pública realizada hoy en la Corte de Constitucionalidad.

Las partes presentaron sus argumentos ante la cámara de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC), en el marco de una resolución emitida recientemente por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal en cuanto a documentos de clasificación militar.

Gerson Ortiz
lahora@lahora.com.gt

La citada sala penal emitió un fallo favorable para la publicidad de los documentos de í­ndole militar, el dictamen argumenta que estos contienen información sobre genocidio con la que se atenta contra la seguridad nacional.

La sala consideró que los expedientes, «no se relacionan con polí­ticas tendientes a preservar la integridad fí­sica de la nación, ni el paí­s se encuentra en una situación actual de riesgo?»

El fallo explica además que no se ha acreditado por parte del postulante que la naturaleza de la documentación tenga carácter de seguridad nacional. La anterior resolución fue apelada por la defensa del ex presidente de la república Efraí­n Rí­os Montt.

Los documentos

La anterior diligencia se da en el marco del proceso penal que se inició en contra de militares de la época, en el cual está implicado como ex jefe de Estado el lí­der del actual partido, Frente Republicano Guatemalteco (FRG), en los años 1982 y 1983.

Los planes que los activistas de derechos humanos buscan integrar al proceso penal que persigue el delito de genocidio, son: Plan Campaña Victoria 82; Plan Operativo Sofí­a, de 15 de julio de 1982; Plan Asuntos Civiles Operación Ixil y Plan Firmeza 83.

Argumentos

Francisco José Palomo, abogado de Rí­os Montt, indicó entre sus argumentos que «la propia Constitución de la República prohí­be la publicidad de documentos clasificados como secretos militares y los que se pretenden incorporar al proceso son secretos militares, por lo que publicarlos serí­a infringir la Constitución».

Por su parte el abogado representante de la Asociación para la Justicia y Reconciliación (AJR), Alejandro Rodrí­guez Barillas, se pronunció en ese sentido argumentando que «el Ministerio de la Defensa no puede pervertir el amparo para conocer la verdad sobre delitos de carácter internacional como lo es el genocidio», el jurista agregó que «las ví­ctimas tienen derecho a conocer la verdad».

Palomo por su parte indicó: «nosotros ni siquiera sabemos si los tales documentos existen o qué dicen, lo que sí­ estamos seguros es que el Ministerio de la Defensa dijo que estos son clasificados como secretos».

La cámara de magistrados tiene un plazo de 60 dí­as para emitir un fallo en el caso de la acción de vista pública que se efectuó hoy en la CC.