Lic. Mario Roberto Guerra Roldán
En el artículo anterior nos referimos a este tema en lo atinente a la historia de la integración del Tribunal Supremo Electoral -hicimos ver la metodología empleada por la primera Comisión de Postulación, por la que se hizo hincapié en que los nominados deberían tener desvinculación de los partidos políticos, así como de funcionarios presentes y pasados (en aquel entonces) y de cualquier parentesco con éstos.
Hoy, el Congreso de la República está a punto de elegir a los cinco propietarios y los cinco suplentes de dicho Tribunal, para un ejercicio de seis años que comenzará a partir del 20 de marzo y que serán escogidos de la nómina de 40 candidatos seleccionados por la Comisión de Postulación entre más de ciento cincuenta abogados que enviaron su hoja de vida.
No puedo dejar de mencionar la pena que me ha dado ver cómo profesionales del Derecho se han acercado a diputados en lo que eufemísticamente se ha dado en llamar «cabildeo». Para mí no es más que someterse a las condiciones que les impongan los señores representantes del pueblo, o estar sujetos al envío de la factura respectiva en el momento oportuno.
Digno es también de traer a colación la forma tan rápida en que la Comisión designó a los 40 privilegiados. Por ello considero que se filtraron en la nómina profesionales que deberían haber sido descalificados por no reunir los requisitos indispensables para acceder a tan alta magistratura.
Porque los hay, los hay, pero lógicamente no vamos a hacer señalamientos individuales, pero queda en la mente y la conciencia, tanto de los postulantes como de los postulados los requisitos de orden moral omitidos. También quiero anotar que entre los profesionales marginados por la Comisión hay profesionales dignos de haber sido tomados en cuenta, así como los hay entre los 40 escogidos.
El Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad en la materia y, por consiguiente, con total independencia de los organismos del Estado y de cualquier organización o tendencia políticas y, si bien es cierto es una entidad con carácter político, ello no quiere decir que los señores diputados tergiversen esa característica, y, sin escrúpulo alguno, elijan a personas con vínculos políticos partidistas o con parentesco cercano con los dirigentes de los partidos o con altos funcionarios del Estado.
Estas personas, porque las hay como ya lo apunté, desde el momento en que se postularon, presas de la ambición, olvidaron estas limitaciones de orden ético y, por esa sola razón, no pueden ser magistrados idóneos del alto Tribunal Electoral.
Es al Congreso de la República a quien corresponde la responsabilidad de elegir a personas que no solo cumplen con los requisitos formales y legales, sino que también sean de una sólida formación moral, con carácter, firmeza y valor para afrontar y superar las vicisitudes de un proceso electoral y los problemas que, en un momento dado, presenten las organizaciones políticas.
Que Dios ilumine a nuestros «Padres de la Patria» y actúen sin pasiones políticas o intereses muy particulares, para integrar a un Tribunal Supremo Electoral, que necesita recobrar la
confianza y prestigio que tenía antes de 2002.