En base a los conceptos recién esbozados, es dable cuestionarse si, como lo afirman algunos periodistas, el ejercicio constitucional-democrático del control político de poder por parte del Presidente de la República en el caso de las reformas a la Ley de Antejuicio constituye o no, un claro enfrentamiento entre el Ejecutivo y el Legislativo; y si de igual manera, el ejercicio parlamentario de ratificar con mayoría calificada la ley vetada, sería o no una clara evidencia de una negativa confrontación entre el Gobierno y el parlamento que afecta al estado constitucional-democrático de derecho.
En la segunda parte de este artículo expresaremos nuestra opinión al respecto, y veremos cómo, so pretexto de la trillada búsqueda de consensos políticos, tan cacareada en los sistemas donde impera el pluralismo político, se provoca la erosión y el socavamiento del sistema constitucional, especialmente la distorsión de los instrumentos constitucional-democráticos instituidos para el control político del poder y el consecuente ejercicio racionalizado del mismo.
Es dable cuestionarse entonces, si lo afirmado en múltiples medios masivos de comunicación social, en el sentido de que el veto presidencial del Presidente de la República en el caso de las reformas a la Ley de Antejuicio constituye o no, un enfrentamiento entre el Ejecutivo y el Legislativo; y si igualmente, la posibilidad de que el Congreso de la República proceda a ratificar con mayoría calificada la ley vetada, evidencia de una grave confrontación entre parlamento y gobierno. Para responder tales cuestionamientos, vale la pena traer a colación en este punto, los interesantes conceptos vertidos sobre el tema aquí tratado, por el jurista mexicano Diego Valadés, quien al respecto expresa lo siguiente: «? El ejercicio limitado del poder es la nota distintiva de la democracia. Los límites residen en la adjudicación de competencias a los órganos del poder, pero están sujetos a la verificación de su cumplimiento a través de los instrumentos de control. Por consiguiente, el desvanecimiento de las funciones de control puede tener efectos sobre el grado de consentimiento de la sociedad con relación al sistema político. ?ahora los poderes ocultos se cobijan en la norma a cuyo incumplimiento parcial contribuyen. Así ocurre con las distorsiones a que se encuentran sujetos los controles políticos. Es en este punto en el que la difusión informativa cobra relevancia, porque el exhibir los intentos de inutilizar la acción de los controles, los dificulta y hace menos frecuentes. ?La práctica distorsionada de los controles suele involucrar por igual al controlado y al controlante, cuyos acuerdos son tomados al margen de los procesos públicos de control.
Al ser desvirtuados los controles, así en su práctica institucional como en su difusión, se cuestiona al orden establecido por la norma suprema, con la consecuente erosión del sentimiento constitucional». Valadés también indica que: «? Desde la perspectiva de una política que privilegia los derechos de las minorías y se aleja del criterio mayoritario, que acentúa el valor del consenso y que atenúa el papel del Estado en la sociedad, la función de los instrumentos de control tiende a diluirse. Este problema prácticamente no ha merecido la atención de la ciencia política contemporánea. Entraña una paradoja, porque en tanto que se aboga por una disminución del poder del Estado, se tiende a relajar los controles constitucionales, que se han establecido precisamente para contenerlo dentro de los límites del derecho. Los procesos para la adopción de acuerdos políticos, considerados como eje de la democracia consociativa, suponen que la limitación del ejercicio del poder ya no se produzca por la vía de los controles, sino a través de los arreglos que en cada caso adopten los dirigentes políticos».
Los conceptos antes transcritos del citado autor, nos permiten fácilmente vislumbrar que en el caso guatemalteco aquí analizado, hablar de una confrontación de poderes constituye no solamente una apreciación poco ilustrada del tema, sino además una invitación a llevar a cabo una práctica distorsionada de los controles del poder, por la vía de la búsqueda de consensos, pero, como indica Valadés, tomados al margen de los procesos públicos de control, es decir, trasladando la discusión del seno institucional al seno de los agentes políticos, con el grave peligro de infiltración de los intereses de los poderes ocultos, y ello a nuestro juicio en nada contribuye a consolidar el sistema constitucional-democrático.
En relación a ese indebido traslado que se da del control del poder, del seno de las instituciones democrático-constitucionales hacia los agentes políticos, el autor Valadés nos indica que ello entraña un cambio del constitucionalismo moderno, pues ya no se trata de que el poder controle al poder, ni de garantizar a la sociedad y a los individuos el espacio de libertad que la Constitución consagra, sino de transferir a la dirigencia política la suma de atribuciones que, merced a su capacidad de acuerdo, permita resolver los conflictos y las tensiones del sistema político. Sin embargo, ello resulta altamente criticable, pues semejante concepción implica la existencia actual de lo que el autor denomina «Estado intangible contemporáneo», el que, según nos dice: «? no puede considerar la utilidad de la Constitución como el estatuto del poder, por la sencilla razón de que el poder no queda sujeto a reglas precisas sino a acuerdos aleatorios. En ese contexto, los instrumentos para el control político del poder dejan de operar como reglas de derecho y se convierten en meras prácticas políticas».
Indica el citado autor que a primera vista pareciera que con ello no se produce ningún cambio en la naturaleza constitucional-democrática de los controles políticos, pues dado que dentro del sistema constitucional su ejercicio está sujeto a la decisión que los partidos políticos adopten dentro de los órganos de representación (Congreso) y de gobierno (Ejecutivo) del Estado, hipotéticamente no pareciera haber mayor diferencia si ese mismo ejercicio, por parte de los mismos agentes políticos, se lleva a cabo de manera directa a través de las citadas negociaciones que se verifican entre ellos con motivo de la famosa búsqueda de consensos para gobernar. Sin embargo, como veremos en la tercera parte de este artículo, Valadés demuestra claramente que esa impresión que a primera vista nos hacemos no es del todo exacta, por las razones que allí se comentarán.