A algún comentarista de prensa se le ocurrió un buen día decir que las opiniones no se pueden aclarar porque constituyen el punto de vista personal de quien escribe o la visión del medio si es una expresión editorial y muchos de los que ejercen el periodismo de opinión se fueron sumando a esa tesis que, por supuesto, les resulta beneficiosa porque de esa forma se consideran con derecho a mentarle la madre a cualquiera o a decir lo que les venga en gana sin tener que enfrentar siquiera el derecho de respuesta que es amplio según el mandato de nuestra legislación.
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Para empezar, legalmente no se hace distinción en el tipo de publicación que es motivo del derecho de aclaración o rectificación. La Ley de Emisión del Pensamiento otorga ese derecho a cualquiera que se sienta directa o indirectamente aludido por una publicación y en forma amplia se garantiza a los habitantes del país la posibilidad de que puedan rectificar, aclarar o refutar señalamientos en su contra. Una lectura sencilla de la Ley permite ver que la idea de quienes sostienen que las opiniones no pueden ser aclaradas está sacada de alguna manga ancha de alguien que, con arrogancia y prepotencia, piensa que «su» opinión no puede ser aclarada.
En realidad las opiniones se basan en el análisis de hechos y si alguien incurre en falacias al hacer su racionamiento, es lógico que no sólo se pueda sino que se deba aclarar, sobre todo si se trata de esos comentaristas que pontifican como si su verdad fuera absoluta. Pienso que el derecho a la libre expresión no es un privilegio de los periodistas ni mucho menos una coraza para la protección de quienes publican sus opiniones en la sección editorial de los diarios. Solo falta que algunos piensen que por ser opiniones no deben tampoco someterse al resto de consideraciones de la ley, especialmente en lo relativo a la tipificación de delitos. Porque el hecho de que yo opine que alguien es un hijo de tantas no quiere decir que si lo publico de esa forma no sólo le niego el derecho de respuesta, sino que además evado la posible acción penal por injuria debido a que simple y sencillamente estoy expresando mi opinión.
En ningún apartado de la Ley de Emisión del Pensamiento existe una consideración especial respecto a las opiniones que las someta a un régimen distinto al de cualquier publicación falsa, injuriosa, calumniosa o difamatoria. Por el contrario, la ley es uniforme en cuanto a cualquier tipo de publicación.
Lo que pasa, creo yo, es que entre los periodistas como en cualquier oficio, hay quienes sudan arrogancia y creen que su palabra es la ley. Nadie puede atreverse siquiera a cuestionar sus opiniones y por lo tanto no reconocen el derecho de respuesta. Cabalmente ese tema está siendo abordado ahora por mi hijo menor, Pedro Pablo, en su tesis de graduación de abogado porque constituye una de las cuestiones más delicadas para lograr que la libre expresión deje de ser un privilegio de los periodistas y se convierta en un derecho de todos los ciudadanos. Esa posibilidad se desvirtúa cabalmente por esa tendencia que hay a negarle al ciudadano y aun al funcionario público, el derecho a ejercer siquiera su derecho de respuesta, no digamos a ocupar espacios para emitir sus propias opiniones.
La cantidad de veces que al opinar metemos la pata es enorme y resulta demasiada vanidad creer que nosotros le podemos cantar sus verdades a cualquiera, pero que ese cualquiera no tiene derecho ni siquiera de defenderse y de refutar señalamientos que se hacen en su contra. Lamentablemente en el campo de la libre expresión también notamos la ausencia de justicia que se traduce en impunidad.