Estimados lectores, es para mí un honor y una gran ilusión iniciar como columnista en un Diario que merece admiración y respeto, Diario la Hora, Tribuna no Mostrador, el cual desde 1920 ha compartido información real sin presiones ni compromisos a todos los guatemaltecos, quienes hemos estado necesitados de personas con valores y pantalones para ver nuestra realidad tal cual es, lo cual, nos debería despertar a tomar acciones que ayudaran a crear una nueva y mejor Guatemala para nosotros y para nuestras futuras generaciones, en efecto, creo que podremos alcanzar esa nueva Guatemala cuando todos luchemos y aportemos para que en realidad haya un cambio, iniciando con nosotros mismos.
mcoyoy@deloitte.com
Doy gracias principalmente a Dios y a las autoridades de Diario la Hora por la oportunidad de poder expresarme a través de este espacio, el cual abordaré normalmente con temas del ámbito tributario, ámbito que no solamente me gusta, sino que me apasiona, y su aplicación, análisis y estudio es realmente mi diario vivir. Para comentarles un poco sobre mi experiencia y trayectoria profesional, soy Contador Público y Auditor y actualmente tengo pensum cerrado de la Licenciatura de Ciencias Jurídicas y Sociales, lo cual me ha ayudado a aplicar el enfoque desde el punto de vista contable y también desde el punto de vista jurídico para todo tema impositivo. Actualmente soy Director de Impuestos y Precios de Transferencia de Deloitte, lugar que ha sido una bendición en mi crecimiento profesional ya que me ha formado como consultor en el área contable, fiscal, legal, etc.
En fin, cada lunes esta oportunidad será aprovechada, como indicaba, en temas del ámbito tributario, el cual como todos sabemos, es muy controversial en ciertas ocasiones. Hoy en día nos encontramos en un momento importante, en febrero del presente año entró en vigencia el Decreto 4-2012 “Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y al Contrabando” también conocida como Ley antievasión II, la cual incluyó reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, al Decreto número 20-2006 Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria, Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, Terrestres, Marítimos y Aéreos, el Código Tributario, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado Especial para Protocolos, la Ley a la Distribución del Tabaco y sus productos y el Código Penal. Estas reformas introducidas por el Decreto 4-2012 se prestan a distintas interpretaciones y en algunos casos han generado cambios importantes para todos nosotros los contribuyentes de impuestos en nuestro país. No obstante dicha reforma, en el mes de marzo, fue publicado el Decreto 10-2012 Ley de Actualización Tributaria, el cual no solo reformó algunas leyes sino que incorporó nuevas normativas y derogó algunas otras. En detalle puedo comentarles que las leyes que reformó nuevamente fueron: La Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, Terrestres, Marítimos y Aéreos y la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado Especial para Protocolos. Adicionalmente, esta Ley de Actualización Tributaria incorporó una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta la cual entrará en vigencia a partir del 1º. de enero 2013, una nueva Ley Aduanera Nacional y un nuevo Impuesto Específico a la Primera Matrícula de Vehículos Automotores Terrestres, y derivado de lo anterior, a partir del 1º. de enero del 2013, quedarán derogadas la Ley del Impuesto Sobre la Renta Decreto No. 26-92 y sus reformas, la cual tenía ya más de 20 años de estar vigente y la Ley del Impuesto Sobre Productos Financieros, el Decreto No. 26-95 y sus reformas. No dudo que es un momento importante para nuestro sistema tributario y esta columna será una aventura para poder compartir con ustedes. Que Dios los bendiga.