Un fiscal a la medida


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La separación de poderes es fundamental para una democracia; sin justicia independiente no existe Estado de Derecho y por consiguiente, los ciudadanos no pueden considerar que son iguales ante la ley.

En la Constitución vigente se establece, en el artículo 251, “El Ministerio Público es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país”. En párrafo adicional se indica, “el jefe del Ministerio Público será el Fiscal General de la República y le corresponde el ejercicio de la acción penal pública”.

Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com


Se establece asimismo las calidades que se requieren para ser fiscal y el hecho que el Presidente de la República le escoge y nombra de una nómina de seis candidatos propuestos por una comisión de postulación, indicando la Constitución quiénes constituyen dicha comisión. Para elegir a los candidatos de dicha nómina se requiere por lo menos de dos terceras partes de los miembros de la comisión.

El Fiscal, sin duda alguna, tiene que ser una persona intachable. Lamentablemente varios de los fiscales nombrados con anterioridad no lo han sido y el ejemplo más evidente fue el diputado del entonces partido oficial, Juan Luis Florido, quien como es sabido “es una persona muy especial”, pero además era miembro del partido de gobierno, figura política, y por ello había sido electo diputado.

Hoy, nuevamente se presentará la situación de escoger una lista de seis candidatos y de estar seguros que el Presidente no tendrá dentro de la misma a un miembro de su partido ni, mucho menos, a un miembro del comité ejecutivo, a una persona cuya trayectoria evidencie que se adecúa política y personalmente al servicio de la dirigencia de turno, que salta de partido en partido, que haya sido o sea diputado y que su comportamiento como legislador o legisladora haya sido agresivo, inmaduro y parcializado, que tenga un historia en la que se compruebe que está dispuesto a hacer lo que sea necesario para su bienestar personal, que se diga que le ha hecho, improcedentemente, trabajos a personas como el presidente Óscar Berger;  que con tal de tener piloto y seguridad durante muchos años, haya acusado sin fundamento a otros, que en el hemiciclo haya sido escandaloso o escandalosa y se haya enredado en peleas y agresiones con otros diputados y que, por supuesto, en uso de tráfico de influencia, haya logrado puestos o viajes para sus cónyuges o ex cónyuges, para sus hermanos, hermanas, hijos y demás familiares.  Ojo: tampoco debe ser fiscal alguien con antecedentes inmorales o especiales.

En otras palabras, no puede proponerse al Presidente, en la lista de candidatos, a alguien que a toda costa le vaya a ser fiel a él, a la señora Vicepresidenta en el presente, así como cuando ya no funjan en sus cargos, que impida una investigación imparcial, una acusación objetiva; es decir, un fiscal que sea profesional, que no busque venganzas, ni otorgue privilegios. Por ello, es tan importante que quienes integran dicha comisión de postulación, que preside el presidente de la Corte Suprema de Justicia e integran los decanos de las Facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas y Sociales de las universidades privadas, el presidente de la junta directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y el presidente del Tribunal de Honor de dicho colegio, no vayan a incurrir en el error de nombrar dentro de los seis propuestos a uno a una fiscal a la medida.
¡Guatemala es primero!