Una corte ad hoc que el presidente de Ecuador, Rafael Correa, se propone crear para celebrar una consulta popular sobre una Asamblea Constituyente «atenta contra el orden constitucional y carece de respaldo jurídico», expresó hoy el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
«La normativa actual garantiza que la función electoral está dirigida por el TSE, único organismo con capacidad y obligación de organizar, dirigir, vigilar y garantizar los procesos electorales», señaló el Tribunal en un comunicado.
Entretanto, el presidente del TSE, Jorge Acosta, manifestó que «toda ruptura constitucional y legal tiene consecuencias jurídicas» y señaló que la corte ad hoc «estaría cometiendo una arrogación de funciones, delito tipificado en el código penal».
Correa, un socialista que asumió el poder el 15 de enero pasado, dio plazo hasta el próximo jueves para que el TSE organice la consulta popular que convocó para el 18 de marzo, con miras a que la ciudadanía decida sobre la integración de una Constituyente para que redacte una nueva Carta Magna.
De acuerdo con la actual Constitución, el TSE pidió hace tres semanas al Congreso -dominado por la oposición- que califique la «propuesta» presidencial, pero los diputados no han tratado el tema incluso en una sesión extraordinaria que había sido convocada para el miércoles, para la cual no hubo quórum.
«Ad hoc es algo que se hace especialmente para determinadas circunstancias. En este caso no se puede porque si revisamos la Constitución, se le asigna privativa y excluyentemente al TSE esta materia», afirmó Acosta.
Añadió que Correa -cuyo plan de una Constituyente con plenos poderes como para disolver el Legislativo ha generado temor entre los diputados- «no puede incurrir en el desatino o en acciones que (quiebren) los mandatos constitucionales».
«Espero que sean simplemente expresiones nacidas al calor del momento político o del escenario donde se encuentra», apuntó Acosta.
El TSE enfatizó que «para iniciar el proceso y fijar la fecha de la consulta», además del pronunciamiento del Parlamento unicameral es necesario que el ministerio de Economía pague 15,5 millones de dólares que le adeuda, además de los recursos que demande el plebiscito.
«El exigir al TSE la inmediata organización de la consulta y no entregarle estas cantidades (de dinero) es una forma de impedir que cumpla con la propuesta presidencial», agregó.
De acuerdo con la ley, la consulta se puede realizar después de 45 días contados desde que es convocada, por lo que no se la podrá celebrar el 18 de marzo como planteó Correa.
Comunicado del Tribunal Supremo Electoral de Ecuador