Trabajo temporal


Los pequeños empresarios por ignorancia en temas laborales contratan personas temporales, unas veces para dar oportunidad, otras veces por necesidad. Lo que ignoran estos empresarios es que según las leyes actuales en Guatemala, que si los llevan a un Juzgado de Trabajo, tienen la obligación de completarles a los trabajadores, el tiempo de todos los salarios mí­nimos mensuales no pagados y sus respectivas prestaciones. Esto no les sucede a las medianas y grandes empresas, pues tienen asesorí­a en tal sentido.

Guillermo Castañeda Lee, Ced. R-19 No. 997, Teculután, Zacapa.

El vicepresidente Espada promociona el trabajo temporal, talvez con la idea de que las empresas puedan contratar más trabajadores para ciertos periodos de tiempo y así­ cubrir las necesidades temporales y que haya más fuentes de trabajo, pero dudo que la clase sindical esté de acuerdo, pues nunca se sabe cuáles son sus verdaderos intereses y casi siempre se oponen a lo que no beneficie a la dirigencia, que se alimenta del conflicto y no de los acuerdos.

Según entiendo es el convenio No. 175 de Naciones Unidas es el que sugiere esa idea, pero en Guatemala se tienen que modificar previamente algunas leyes laborales, que a saber si lo permitirá el Código de Trabajo, ya que éste fue hecho a la medida para el atraso y el desempleo.