Todo derecho acarrea obligaciones


Oscar-Marroquin-2013

La existencia de un conjunto de normas mundiales que conforman lo que se conoce como la Carta Universal de los Derechos Humanos, íntimamente relacionadas con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano promulgados en Francia en 1789, nos permiten ejercitar nuestras libertades de la manera más amplia, pero es preciso entender que todos los derechos traen consigo obligaciones que también debemos cumplir para asegurar la convivencia social. En los últimos días el tema de la libre expresión ha cobrado importancia en Guatemala y con justa razón se objetó la vía que el gobierno, y concretamente el Presidente y la Vicepresidenta de la República, escogieron para protegerse de lo que ellos consideraron excesos que les dañaban personalmente.

Oscar Clemente Marroquín
ocmarroq@lahora.com.gt


Por distintas circunstancias históricas, se ha considerado siempre que la prensa goza de privilegios especiales que se traducen muchas veces en impunidad porque los particulares prefieren soportar los excesos a meterse en un pleito que signifique el enfrentamiento con un gremio que puede ser terriblemente destructivo. En realidad lo que hay es un privilegio especial para el derecho a la libre expresión del pensamiento, pero el mismo corresponde y beneficia a todos los ciudadanos y no únicamente a quienes nos dedicamos a la prensa. Es la vigencia plena de ese derecho la que se asegura con la vigencia de una ley específica que regula la materia y que establece no sólo límites, sino también obligaciones y sanciones para quienes se excedan, abusan o incurran en delito a la hora de expresar una opinión o de hacer alguna afirmación pública que perjudique a otras personas.

De conformidad con la Ley de Emisión del Pensamiento, que en Guatemala tiene rango constitucional, los autores somos responsables de lo que expresamos y asumimos obligaciones puntualmente detalladas en la ley. Si la transgredimos, nos veremos enfrentados a un Tribunal de Imprenta que nos puede aplicar sanciones que incluyen multas y penas de cárcel o, si el afectado es un funcionario o empleado público, a cumplir con el veredicto del Tribunal de Honor que declarará si dijimos la verdad o si mentimos o hicimos acusaciones infundadas, debiendo publicar el fallo para evitar el daño a la honra de la persona que se sintió agredida injustamente.

Como pasa siempre en la vida, el ejercicio de un derecho muchas veces hace que la libertad se confunda con libertinaje y nunca han faltado los que escudándose en el derecho a la libre expresión, abusan para incurrir en mentiras, insultos y señalamientos tendenciosos. El colmo es que resulte una jovencita diciendo que agredió a la Vicepresidenta simplemente en el ejercicio de su derecho a la libre expresión. Agredir a alguien, matar a alguien, destruir la honra de alguien con falsedades, no es ejercitar ningún derecho.

Si los excesos se juzgan por la vía correspondiente, se fortalece el Estado de Derecho y la existencia de la libre emisión del pensamiento. Siempre habrá excesos, vicios o errores y para ello están los instrumentos que la ley establece como medio para corregir o sancionar tales extremos. Sin duda que un proceso de alto interés mediático se convierte en prueba de fuego para verificar la eficacia de tales procedimientos y ese detalle no debe pasarse por alto.