Mario Gilberto González R.
La villa de Quesaltenango fue elevada a la categoría de ciudad, el 12 de Noviembre de 1825, por Decreto No. 63 de la Asamblea Nacional Constituyente. El encabezado de la proposición: «Pido a la Asamblea se sirva conceder el título de Ciudades a los pueblos de Chiquimula de la Sierra, Sololá, Totonicapán, Quesaltenango y Gí¼egí¼etenango» está firmada por el ciudadano Juan José Flores, representante de Quesaltenango y respaldada por los diputados Laureano Nova, también representante por dicha villa y Manuel Montúfar por Escuintla.





La Asamblea Nacional Constituyente -después de los estudios de rigor- concedió el título de Ciudad, únicamente a la Villa de Quesaltenango. «El pueblo de Quesaltenango se denominará en lo sucesivo Ciudad de Quesaltenango.»
Desde la petición hasta el momento de su promulgación, el Decreto No. 63 con fecha 12 de noviembre de 1825, se cumplieron fielmente todos los requisitos formales que la Constitución de entonces exigía en «La Formación – Sanción y Promulgación de la Ley».
Al no consultarse previamente la documentación existente en el Archivo General de Centro América y en la Biblioteca Nacional de Guatemala, se incurrió en dos errores: Primero, en dejar trunca la resolución de parte de la Asamblea el 29 de octubre y tomar esa fecha como la oficial de cuando se le otorgó el título de Ciudad y el segundo en atribuir la petición a don Cirilo Flores.
La resolución antes de la fecha 29 de octubre dice, con suma claridad: «Comuníquese al consejo representativo para su sanción», es decir que aun faltaban dos pasos esenciales: sanción y promulgación, para tener la fuerza de ley.
El Consejo Representativo estaba en la facultad de aprobar o no, la resolución, según la fórmula establecida.
Para respaldo documental de mis artículos publicados en septiembre de 1975 en el diario El Imparcial, primero y después recogidos en mi libro: Título de Ciudad a Quezaltenango, manejé por primera vez, documentos no estudiados antes por otro historiador y los di a conoce íntegros para afirmar la verdad histórica y despejar cualquier duda, incluso, publiqué completo el Decreto No. 63 de fecha 12 de Noviembre de 1825 hasta entonces desconocido y que es, la partida de nacimiento de Quesaltenango como ciudad. Y para garantía de los propios quezaltecos y de los estudiosos, hice entrega a la Casa de la Cultura de Quezaltenango, de un tomo empastado que contiene copia de todos los documentos consultados. En su nombre lo recibió el entonces Director don Juan José Gramajo López, para que quien lo consulte, despeje cualquier duda.
A pesar de la claridad de los artículos que norman los requisitos de formación, sanción y promulgación de la ley, el error de señalar el 29 de octubre, como la fecha de cuando se otorgó el título de Ciudad, persiste y así aparece en varios portales de Internet, cuyo error se multiplica.
Se hizo y se sigue haciendo caso omiso de los dos requisitos esenciales y del: «Comuníquese al consejo representativo para su sanción.»
El Arto. 103 de la Constitución dice: «Todas las resoluciones de la Asamblea dictadas en uso de sus atribuciones exigen para ser válidas la caución del consejo representativo.» Arto. 104 «El consejo dará o negará la sanción por mayoría absoluta de votos y para darla usará la fórmula AL GEJE DEL ESTADO. La negará con esta otra: VUELVA A LA ASAMBLEA.»
En el Decreto No. 63, la sanción del Consejo Representativo, queda expresado así: «Sala del consejo representativo del Estado en la nueva Guatemala a diez de noviembre de mil ochocientos veinte y cinco -Al gefe del Estado-. Cirilo Flores presidente – Juan Miguel de Beltranena – Valerio Coronado – J. Bernardo Escobar, secretario.»
El once de noviembre el Gefe del Estado firmó el Ejecútese y lo mandó al Secretario General del Despacho.
Y por último se cumplió la Promulgación y entrada en vigencia. «Y habiendo dispuesto el gefe del Estado se imprima, publique y circule el decreto precedente para su debido cumplimiento en todas sus partes, lo comunico a U. para su inteligencia y efectos consiguientes, dándome aviso del recibo de este y de los ejemplares que acompañan. Dios unión, libertad. Guatemala, noviembre 12 de 1825, Barberena.»
Con fecha 12 de Noviembre de 1825, aparece registrado el Decreto No. 63 en la Recopilación de Leyes de Guatemala, de don Manuel Pineda de Mont, tomo I, p. 481.
Con estos datos tan claros, el error debe desparecer y prevalecer la verdad histórica de que la ciudad de Quesaltenango fue elevada a la categoría de ciudad, el 12 de Noviembre , de conformidad con el Decreto 63 de 1825.
La señorita Rocío Gordo Julia, en su tesis académica: «Centro de Arte y Cultura en Quezaltenango» previo a su graduación de arquitecta, anota con exactitud que «…el 12 de noviembre de 1825, se le concedió el título de Ciudad al pueblo de Quetzaltenango.»
Los historiadores quezaltecos, tienen el deber moral de enseñarle a los vecinos, a los maestros y a los jóvenes, la verdad histórica y no que, por un falso orgullo, se mantenga un error o se intente hacer una interpretación inoficiosa.
El simple cotejo de las firmas de don Juan José Flores y de don Cirilo Flores, despeja el segundo error de atribuir a don Cirilo la petición. La hizo y firmó don Juan José Flores. Ambos ocupaban cargos diferentes. Don Juan José era diputado por Quesaltenango y don Cirilo, era presidente del Consejo Representativo.
Por ser don Juan José Flores, un personaje desconocido, logré reunir en un apretado artículo, cincuenta años de su vida política y propuse que como Quezaltenango está en deuda con él, se le rinda un justo homenaje, porque el sólo hecho de haber pedido y logrado el cambio de categoría de villa a ciudad, es suficiente para merecerlo.
No querer aceptar la verdad histórica y persistir en el error, por un prurito de que al hacerlo se hiere el orgullo, San Agustín nos regala una verdad que da suficiente luz. «Los que no quieren ser vencidos por la verdad, son vencidos por el error.»
En el transcurso de la investigación histórica, encontré diferentes maneras de escribir el nombre de la ciudad.
1.- Caceltenango. (Carta enviada por el Obispo Francisco Marroquín al Ayuntamiento de la ciudad de Santiago de Guatemala, firmada el 25 de Septiembre de 1524, «…que su merced proveyó que los indios de Caceltenango se pusiesen en la ciudad…» (Archivo General de Centro América, A1.2.5, Exp. 15760, Leg. 2202, fol. 14.)
2.- Quesaltenango (Petición y Decreto 63 de 12 de noviembre de 1825.)
3- Quezaltenango (Billete de Cincuenta Centavos del 15 de Agosto de 1900, del Banco de Occidente, cuando fue emisor del Estado.