El Congreso aprobó, mediante una reforma del Código Penal, el delito de pánico financiero que prevé penas de cárcel y multas para las personas que provoquen una «campaña negra» en contra de cualquier institución del sistema bancario.
«Incurrirán en él quienes elaboren, divulguen o reproduzcan, por cualquier medio o sistema de comunicación, información falsa o inexacta que menoscabe la confianza en una institución del sistema bancario», reza uno de los considerandos de la reforma, según destacan hoy medios locales.
Esta modificación al Código Procesal Penal pretende evitar acciones de desprestigio como las que se han registrado en el transcurso de 2008 en contra del Banco Agromercantil y que en 2006 también afectaron al Banco G&T Continental, dos de las instituciones más sólidas de Guatemala.
En ambos casos, personas, hasta el momento no identificadas, promovieron una campaña negra por medio de correos electrónicos, volantes y mensajes de texto a celulares.
Los legisladores también aprobaron sanciones que oscilan entre 1 y 10 años de prisión, así como multas que van desde 666 a 110.000 dólares.
La modificación también determina que las sanciones se incrementarán en una tercera parte cuando el responsable sea accionista, director, administrador, gerente, representante, funcionario o empleado de una entidad sujeta a la vigilancia de la Superintendencia de Bancos.
«Se entenderá que se afecta la confianza en una entidad cuando se atente contra su reputación o prestigio financiero y se ocasione el retiro masivo de depósitos o inversiones», destaca la resolución del Parlamento guatemalteco.
Del delito de pánico financiero quedan excluidos los autores de estudios, análisis y opiniones de carácter científico o académico que, con base en información auténtica y verificable, se orienten a evaluar o calificar el sistema financiero o sus actores.