TEMAS COTIDIANOS


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TRASPASOS DE VEHÍCULOS. Con la nueva brisa que oxigena los húmedos laberintos en la SAT sería encomiable que abordaran con seriedad el enmarañado tema relacionado con los vehículos. Tanto control, a veces asfixiante, para que, de todas formas, se roben impunemente muchos vehículos todos los días. ¿A qué tanto alarde burocrático? ¿Por qué tanta cortapisa?

Luis Fernández Molina


En primer lugar los trámites deben ser los más prácticos, lógicos y expedito posibles. La tecnología nos puede dar una buena mano, por eso se deben contratar a los que saben, a los conocedores, no a los que apoyaron en la campaña o a quienes tienen una recomendación especial. Digo que también deben aplicar la santa lógica. Para iniciar una gestión se debe dejar “el original” de la cédula o del DPI. ¡Joder! ¿Y qué hago por tres semanas, por lo mínimo, en que dura el trámite? Un indocumentado más. Un ciudadano casi desnudo que no tendría forma de identificarse legalmente. Y suponiendo con suerte no se extravíe el documento original. Luego exigen varios juegos de fotocopia ¿para qué? El Estado a través de Renap emite todos los documentos de identificación por lo tanto debe llevar un registro individualizado de cada ciudadano. ¿Por qué atosigar los anaqueles de más papelería inservible? Cuando alguien vende su vehículo, recibe el pago y firma donde corresponde. Los documentos del automotor quedan en manos del comprador. Es lógico suponer que querrá inscribirlos a su nombre lo más pronto. Pero en Guatemala no opera esa lógica: aquí dilatan el inicio del trámite y mientras tanto el carro sigue a nombre del antiguo dueño, esto es, del vendedor. Luego vienen multas de un vehículo que se traspasó mucho tiempo antes. ¡Y cuidado con un accidente! La Policía y el MP van a buscar a la persona a cuyo nombre aparece el carro (aunque lo haya vendido 5 o más años antes). “Es culpa suya señor por no haber operado el traspaso” dice adusto el fiscal. “Pero si yo no me quedé con el título del carro y se supone que el comprador lo debe registrar,” responde el afligido expropietario. Igual van a aparecer en su NIT una serie de recargos causados por los nuevos compradores. Y a veces se realizan ventas en cadena al punto que el vehículo ha pasado por 3 o 4 diferentes propietarios. ¡Vaya intríngulis! Otros cien pesos, pero de la misma cuenta, son los trámites cuando se pierde una placa o se extravía una tarjeta de circulación. Suerte conciudadanos.  VALOR DE SU CASA. Hace unos 30 años (para atrás) cuando se vendía o arrendaba una casa se adicionaba un extraño elemento que, en alguna forma, incidía en el precio de venta o renta del inmueble. Se anunciaba con bombo que la casa o local “tiene teléfono” o para mayor gloria: “tiene 2 líneas telefónicas”; ese solo hecho le incrementaba mucho el valor. Los que tenían cuates en Guatel o cuello con el gobierno de turno gestionaban incansablemente por una o más líneas.  Ya no se tomaba en cuenta únicamente la ubicación, construcción, extensión, (cercanía a la estación del metro), etc. Otros componentes ajenos se incorporaban a la mezcla para definir un valor de mercado. Igualmente hoy existen ciertos factores externos, ya no las líneas, otros, que de alguna forma inciden en el valor. Cuando se va a negociar un inmueble los compradores preguntan ¿en qué valor está registrado? Como si tal dato agregara varas de terreno o metros de construcción. No es tal, pero sí incide en el precio. Si el inmueble fue objeto de una adjudicación judicial, de aportación a una sociedad, de un préstamo bancario, o que provenga de un fideicomiso, o que haya tenido reciente revaluación, etc.  va a estar “marcado” con ese precio debe indicarse en la escritura, salvo que por alguna razón se consigne el valor real (presumiblemente mucho mayor) de la compraventa. Ese monto escriturado será la base  para el impuesto de traspaso y del pago trimestral del IUSI y lo va a seguir “arrastrando” el inmueble; cuando se dé una revaluación general se tomará tal valor como base. Eso genera un curioso caso de desigualdad formal; dos casas idénticas y anexas pueden tener un precio diferente dependiendo de las circunstancias predichas. ¿Igualdad ante la ley?