La Corte de Constitucionalidad ante el expediente 961-2011 dicta sentencia a favor del señor Julio Belizario Montepeque contra el Acuerdo 01-2011 emitido por el Concejo Municipal de Chinautla, en el cual establece el costo de la licencia de autorización para la instalación de antenas de telefonía celular en el municipio de Chinautla.
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Lo expuesto por el accionante se resume, que todas aquellas empresas de telefonía celular que pretendan instalar antenas en el municipio de Chinautla, en terrenos privados o municipales, tienen que tramitar la respectiva licencia y pagar la tasa municipal de Q200 mil por cada antena autorizada.
Según la sentencia emitida por la CC el cobro que se ha fijado está calculado para el cumplimiento de los fines generales del municipio.
El alcalde Municipal de Chinautla, Arnoldo Medrano, expuso que uno de los elementos del municipio es el territorio sobre los cuales ejerce jurisdicción, por lo que la Municipalidad posee la atribución de custodiar su ordenamiento.
Si el espacio público es de todos, según el Código Municipal en los artículos 253 y 255 se regula la facultad que tienen los municipios de obtener y disponer de sus recursos y las respectivas corporaciones municipales de fortalecer la economía de sus municipios.