Quienes dan lectura con detenimiento a la prensa escrita del país, seguramente se percataron de la nota que «Goldcorp vendería su mina de plata» o se enteraron del otro titular «Goldcorp vende mina de plata en Guatemala». En ambas notas de prensa se informa que el segundo productor de metales más grande de Guatemala efectuaría la transacción o venta de la mina de plata en el país que tiene bajo concesión por US $505 millones en efectivo y acciones.
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Al analizar ambas noticias, aunque en diferente medio, coinciden que la concesionaria de dicha mina recibiría US $230 millones en efectivo y el 40% en acciones de la empresa Tahoe Resources Inc., que ésta nueva compañía sería administrada por el señor Kevin MacArtur, quien fungió anteriormente como presidente de Goldcorp. Indican, asimismo, que la operación o negociación se concluiría alrededor del 8 de junio. La referida mina llamada El Escobal, se encuentra entre los municipios de San Rafael Las Rosas, Santa Rosa y Mataquescuintla, Jalapa.
Al ver dicha noticia surge la interrogante de cuáles son los beneficios que los guatemaltecos, representados por el Estado, recibirán por que entre compañías canadienses se transe la explotación de un bien del Estado, cual es el mineral de plata que pueda contener el subsuelo, el cual pertenece por norma constitucional al Estado de Guatemala y no a los concesionarios.
El hecho evidencia la urgente necesidad que el Congreso de la República antes de salir a receso actualice la Ley de Minería primero que nada para proteger la salud y el medio ambiente de los guatemaltecos presentes y futuros y segundo para que no continuemos como cuando vinieron los conquistadores españoles, permitiendo que con espejitos, baratijas y movidas se beneficien y apropien de bienes y metales preciosos no renovables empresas extranjeras que por una mala disposición o por incapacidad -ya no digamos- por un beneficio oculto, los funcionarios guatemaltecos permitan que eso ocurra causando una perdida irreparable a todos los guatemaltecos y a las condiciones ecológicas del país.
Por consiguiente, debe actualizarse la Ley de Minería, en la misma debe preverse que cuando los precios internacionales del oro, plata, níquel y cualquier otro mineral que se extraiga varíen más del 10%, se reajustarán los beneficios o regalías para el Estado, porque no es lo mismo que se haya otorgado una concesión cuando el oro valía US $32 la onza que ahora vale US $2,000 o la plata que ahora ha incrementado su valor en un ciento por ciento.
La Ley de Minería debe establecer las normas que permitan al concesionario vender, ceder, grabar o trasladar la concesión pero no sólo para beneficio ya que, por ejemplo, si a un futbolista o beisbolista para trasladar su ficha se necesita su autorización o el acuerdo de cuál será el beneficio que él obtendrá, así como cuál será el beneficio que el club que ceda la ficha recibirá, por qué en el caso de una operación como la señalada, que está a punto de concluir Goldcorp, el Estado, el municipio y los guatemaltecos lo único que pueden hacer es leer la noticia y ver los millones de millones que en efectivo y en acciones pasan de uno a otro lado. Hechos como el señalado explican porqué Chile expropió el cobre, Bolivia el estaño, México el petróleo, etc., etc.