Los guatemaltecos estamos obligados a conocer nuestros deberes y nuestros derechos, y como una contribución a los pilotos automovilistas honrados les doy a conocer algunas recomendaciones en dado caso agentes de la Policía Nacional Civil detengan la marcha de sus automotores.
eduardo@villatoro.com
  Si es un autopatrulla, anote de inmediato el número de registro de ese vehículo, pintado en el mismo. Asegure todas las puertas de su vehículo y baje única y parcialmente el vidrio de la ventana del conductor para entregar los documentos del automotor y su licencia de conducir; pero antes exija la identificación del agente, que debe llevar en el pecho en forma visible. Anótela.
  Por ninguna circunstancia se baje del vehículo ni abra la puerta al policía; no se deje intimidar y manténgase firme sin ser descortés ni abusivo. Si el agente le dice que el automotor en que usted se conduce tiene orden de captura, indíquele al policía que lo guíe al Juzgado de Turno más cercano, pero usted debe manejar su vehículo; además de que no debe permitir la revisión de su automotor, como abrir el baúl o maletero.
  Para hacer esa revisión, el policía deberá presentarle orden de cateo emitida por tribunal competente, porque su vehículo es propiedad privada, igual que su casa de habitación. Nadie tiene derecho de invadirla o revisarla sin orden judicial. Puede ser que usted se encuentre con un agente de la PNC corrupto o mañoso (no todos los policías son deshonestos o tramposos, que conste) que podría «sembrarle» drogas o armas.
 Al llegar al Juzgado de Turno, descienda de su vehículo, ciérrelo con llave y no la entregue a ningún agente, aunque se lo pida de buena manera o se lo exija groseramente. Solicite de inmediato la presencia de un fiscal del Ministerio Público. Si no posee un teléfono celular para llamar a un familiar o a un letrado, solicite el uso de la línea telefónica para llamar a quien considere necesario. El Juzgado de Turno está obligado a permitirle hacer esa llamada telefónica desde un aparato oficial de sus oficinas.
  Es importante recordar que un agente de la PNC no puede detener a nadie si no es por flagrante delito o porque pesa sobre usted o su vehículo orden de captura. La mayoría de los policías son agentes del orden público que sólo cumplen con su deber, y por lo tanto, comprenderán que si usted no ha cometido una falta o delito y si toda la documentación que le requieren está en regla, lo dejarán ir, porque para detenerlo necesitan orden de captura y de cateo para intervenir un vehículo.
  Si sobre usted pende orden de captura o no, de todas maneras tiene derecho de pedir un abogado de su confianza o del Instituto de la Defensa Pública Penal, además de que los policías necesitan la presencia de un fiscal del MP para retener el vehículo que usted conduce.
  Los agentes de la PNC tienen la obligación indispensable de identificarse. Si le indican que debe acompañarlos a una comisaría, no lo admita. Es importante que recuerde sus deberes y obligaciones, y para ello porte consigo una copia de estas recomendaciones. También es deber suyo respetar a los agentes, sin provocar altercados ni fricciones. Ellos entenderán que usted tiene derecho de velar por su propia seguridad, salvo que se encuentre con un falso agente o con un policía mordelón. O que eventualmente alguno de mis lectores sea delincuente
  (El automovilista Romualdo Tishudo insiste en afirmar que a las reinas de belleza de las comisarías de la PNC no las eligen ni las nombran. Las capturan).