Aventurada, pero más bien desesperada resulta ser la Iniciativa de Ley presentada por el Ministerio de Finanzas Públicas, que lleva un título tan grande como sus ambiciones y necesidades: “Iniciativa de Ley de modificación al Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013; aprobación de negociaciones de convenios de préstamos a ser suscritos entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo respectivamente; y autorización para emisión de Bonos del Tesoro”.
Y cabe indicar que el título se queda corto, porque también tal iniciativa es acompañada de una muy bien planeada reducción del presupuesto en el rubro de ingresos tributarios, debido a los problemas observados en la “reforma tributaria” de los patriotas. Ah, y además, se solicitan modificaciones a importantes préstamos externos que no han sido ejecutados, debido a que estaban encomendados a la fenecida Fonapaz.
Cabe comentar la “poesía pública” que siempre está presente en las exposiciones de motivos de casi toda iniciativa de este corte y que reza así: “De conformidad con los Acuerdos de Paz, para lograr la modernización de la gestión pública… bla, bla, bla”. Y es que si algo está más que olvidado dentro de esa arena de decisiones es lo relativo a los trillados “Acuerdos de Paz”.
Pero dejémonos de cosas: el meollo de la iniciativa es su Artículo 13, que prescribe lo siguiente: Se faculta al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, para que en los casos que corresponda, procedan al registro dentro del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y del Sistema de Gestión (Siges), de las obras legalmente contratadas, con el fin de registrar adecuadamente el avance físico y financiero, lo cual permitirá liquidad dentro del Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin) el compromiso de pago que originó la gestión”.
Y como los tecnicismos no tienen por qué ser entendidos por el gran público, expliquemos de qué se trata todo esto: el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), como su nombre lo indica es parte del espíritu de priorización y orden que debiera llevar todo gran proyecto, que previamente debiera tener una adecuada gestación y ser avalado por grandes organismos rectores, como lo son el propio Ministerio de Finanzas y por supuesto la Secretaría de Planificación.
El hecho de facultar a un Ministerio Ejecutor a darle un –SNIP- resulta ser el meollo de la cuestión ya que, como su nombre lo indica, ellos son ejecutores, mientras que para eso la tarea de otros órganos coordinadores y rectores es la de apoyar las labores de asignar los recursos escasos, de acuerdo a criterios técnicos de planificación.
Pero lo que aquí se observa por todos lados, desde los órganos planificadores hasta los que se encargan de la fiscalización, es que tanto a nivel de conglomerado, como de responsabilidades personales, todo mundo quiere “ponerse las de hule al prado”, y evadir su responsabilidad, al punto que ni las mismas autoridades del Ministerio de Finanzas saben, en la iniciativa que ellos elaboraron, qué destino real y concreto tendría la friolera de Q.3.5 millardos de bonos, que irán a parar dentro de poco a los activos de los cuatro o cinco bancos del sistema que los gozan.