Sobre la elección de magistrados judiciales


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Aunque los miembros de la comisión que ha de proponer candidatos a magistrado de la Corte Suprema de Justicia, o los de la comisión que ha de proponer candidatos a magistrado de la Corte de Apelaciones, posean la máxima idoneidad profesional, y estén inspirados por un excelso ideal de justicia, y sean ejemplo de aproximación a la pureza moral; y aunque el proceso de selección de los candidatos sea tan transparente que se convierta en la transparencia misma; y aunque todo el pueblo de Guatemala sea celosísimo vigilante de ese proceso, y finalmente sean propuestos los mejores candidatos, actualmente no puede evitarse el peligro de intromisión de ilícitos intereses extrajudiciales en la adjudicación de las magistraturas.

Luis Enrique Pérez


No puede evitarse ese peligro porque los diputados, que constituyen el Congreso de la República, tienen que adjudicar, por elección entre los candidatos propuestos, las magistraturas; pero esa elección es propicia para que la magistratura sea adjudicada a aquellos candidatos que estén dispuestos a complacer ilícitos intereses de diputados, o de partidos políticos, o de agentes criminales representados por diputados o por partidos. Es decir, la adjudicación por elección propende a adjudicarles la magistratura a aquellos candidatos que prometen otorgar favores judiciales, y tiende, por consiguiente, a corromper más la administración oficial de justicia.

Supuesto que, en la adjudicación de magistraturas por elección, no puede evitarse el peligro de intromisión de ilícitos intereses extrajudiciales, ¿no importa, entonces, que los miembros de la comisión que ha de proponer candidatos, carezcan de idoneidad profesional, desprecien la justicia y sean ejemplos de impureza moral? ¿O no importa que el proceso de selección de candidatos sea la opacidad misma, y que el pueblo eluda ser celosísimo vigilante de ese proceso? ¿O no importa que finalmente sean propuestos los peores candidatos, y que se corrompa más la administración oficial de justicia? Es evidente que importa. Y porque importa, moralmente deben ser propuestos los mejores candidatos, aunque proponerlos no necesariamente suprima el peligro de que, en la adjudicación de magistraturas por elección, haya intromisión de ilícitos intereses extrajudiciales.

Proponer a los mejores candidatos no necesariamente suprime ese peligro, precisamente porque habrá que competir por obtener el voto de los diputados; y un recurso para competir puede consistir en prometer favores judiciales. Competirán, con ese recurso, aquellos candidatos que han mostrado ser incorruptos, no porque esté demostrada su incorruptibilidad sino porque ha estado ausente la oportunidad de corromperse, y una magistratura les brinda esa oportunidad, que hasta puede tener la seductora calidad de ser oportunidad única, que reclama urgente aprovechamiento. Aquellos candidatos que han mostrado ser incorruptos, porque realmente lo son, no competirán con ese recurso, aunque tengan que ser excluidos de la posibilidad de ser electos. Es decir, preferirán la exclusión y no la corrupción.

Una condición necesaria (insisto, necesaria, pero no suficiente) para comenzar a eliminar, o por lo menos reducir, el peligro de intromisión de ilícitos intereses en la adjudicación de magistraturas y, finalmente, en la administración oficial de justicia, consiste en que los diputados adjudiquen las magistraturas, no por elección, sino por sorteo. Entonces ningún candidato a magistrado tendría que competir por otorgarle favores judiciales a diputados, partidos o agentes criminales representados por diputados o partidos, a cambio de la adjudicación de la magistratura. Por supuesto, habría que reformar la Constitución Política de la República.

Post scriptum. Me parece imposible comenzar a purificar la administración oficial de justicia si los diputados tienen que adjudicar por elección, y no por sorteo, las magistraturas del Organismo Judicial.