“Sin golpes o amenazas” las mujeres no pueden denunciar


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Dos mujeres señalan que no fueron atendidas en las instituciones de justicia cuando denunciaban violencia de género porque no tenían golpes visibles. Expertas en la materia confirman los errores del sistema y las autoridades ofrecen investigar.

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JODY GARCÍA
jgarcia@lahora.com.gt

Después de sufrir acoso y agresiones durante más de un año, Lucía* decidió que era momento de poner fin a su martirio. Se armó de valor y el pasado viernes 27 de abril, a las cuatro y media de la tarde acudió a la sede del Ministerio Público –en la zona 1 capitalina– para presentar la denuncia contra el hombre al que consideraba una “pesadilla” en su vida.

La perseguía por la calle, la buscaba en la universidad y una noche la agredió cuando se encontraba junto a un amigo. “Esto ya me tiene cansada”, dijo en un momento de desesperación, cuando exaltada dijo que su vida estaba cambiando por las intimidaciones y amenazas que recibía cada semana. Por eso, pensó que todo iba a mejorar si buscaba el apoyo de la justicia.

Sin embargo, lejos de encontrar auxilio en las instituciones, se enfrentó con un sistema que ahora es acusado de machista, indiferente y excluyente hacia las mujeres, al punto que le recordó la impunidad con que su propio victimario la amenaza y le hizo pensar que su caso se iba a sumar a los expedientes que engrosan los índices de violencia.

La persona que le atendió en el Ministerio Público (MP) se negó recibir la denuncia, argumentando que sin evidencia física de golpes o una amenaza de muerte no existía un hecho delictivo, y que por lo tanto, no podía tomar en cuenta su solicitud. Al conocer la negativa para su caso, la mujer cuestionó sobre las opciones a su disposición para la prevención de la violencia, a lo que el personero del MP le “aconsejo” que fuera al juzgado de turno, para solicitar una medida de seguridad.

En el juzgado de turno de la Torre de Tribunales, aproximadamente a las seis y veinte de la tarde, nuevamente vio frustrada su petición de ayuda, pues las personas que se encontraban en la oficina dijeron que no le podían ayudar, y tendría que esperar al personal que llegara para continuar la atención en el siguiente turno.

Dos horas después, a las ocho y media de la noche, decidió retirarse, cuando ya había perdido la esperanza de recibir ayuda. “Me siento impotente e indignada por no haber recibido el apoyo que esperaba”, relató la afectada, cuando explicaba su historia.

La Hora contactó a las autoridades del Ministerio Público y del Organismo Judicial, para conocer su reacción sobre la falta de atención para las mujeres afectadas por la violencia, a las que ambas instituciones respondieron que investigarían la situación.

Esto  no es el único caso. El pasado 25 de marzo, una abogada se presentó al mismo juzgado de turno para solicitar medidas de seguridad a favor de su cliente,  ante las amenazas que recibía por parte de  su esposo. Al lado de más de otras cinco mujeres, la mayoría con golpes, moretes y niños en brazos, tuvo que esperar más de seis horas para ser atendida.

 Los comisarios y secretarios, según la denuncia presentada a este vespertino, estaban escuchando música de “reggaetón” con volumen alto y riendo mientras contaban chistes.  Una sola oficial, según manifestó la denunciante, era incapaz de tomar nota de las denuncias de las mujeres porque tenía mucho trabajo, aunque las salas de audiencia se encontraban vacías y dos jueces estaban encerrados en sus despachos.

Inclusive una juez salió de su oficina para recomendarles que se fueran porque tendrían que esperar mínimo tres horas más para ser atendidas.  Varias de estas mujeres, temerosas porque algunos de sus agresores estaban esperándolas o buscándolas, optaban por irse decepcionadas de no encontrar apoyo de las autoridades.

¿ATENCION INMEDIATA?

El acuerdo 30-2012 de la Corte Suprema de Justicia, Reglamento de Gestión para los Juzgados y Tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras violencias contra la mujer, en su artículo 2, señala que: “Los órganos jurisdiccionales, al tener conocimiento de un hecho de femicidio u otra violencia contra la mujer, deberán conocer y resolver, inmediatamente, los requerimientos verbales o escritos que le sean formulados; y, disponer las medidas que garanticen la ejecución de lo resuelto”.

No obstante, de acuerdo con quejas y denuncias, la actuación “inmediata” no es real.  Se conoce que muchas mujeres que se acercan al juzgado de turno para solicitar una medida de seguridad han tenido que esperar más seis horas para  ser escuchadas y muchas veces no han sido atendidas.

En el Ministerio Público ocurre una situación similar, ya que según las denuncias antes mencionadas, se condiciona a las mujeres a que muestren lesiones físicas para que puedan interponer una denuncia, o de lo contrario no se le atiende, y no se consideran otras formas de violencia contra la mujer como lo establece la Ley.

Eso parece no ser novedoso para expertas en derechos humanos y justicia, quienes conocen varios casos similares a los que fueron denunciados a La Hora, en los que las mujeres no son atendidas por las instituciones encargadas de la seguridad y la justicia.

Eleonora Muralles, directora de Familiares y Amigos en contra de la Delincuencia y el Secuestro (FADS), reconoce que muchas mujeres enfrentan este problema, pero “también sucede con personas de escasos recursos e indígenas”. “Hay un menosprecio y discriminación en la atención, en muchos lugares, y en casi todas las instituciones ocurre lo mismo”, apunta la experta.

De acuerdo con Muralles, “si una mujer llega a presentar una denuncia, aunque fuere solo con su testimonio, debe ser atendida y recibir la denuncia; luego que el Ministerio Público haga la investigación pertinente, pero inicialmente se debe creer en las victimas”.

La analista además señala que estas autoridades tienen la obligación de atender a las personas, “no importa qué, y si en el MP se le niega esto, se debe acudir a los niveles superiores para presentar una queja; pues es un derecho accionar cuando no se obtiene una atención adecuada”.

RETO INSTITUCIONAL

Carmen Aída Ibarra, del Movimiento Pro Justicia, al igual que Muralles menciona que esas situaciones no son nuevas; según la activista, los problemas de atención a la víctima datan de varios años atrás y ninguna autoridad ha tomado decisiones que tiendan a mejorar la forma en que las instituciones de justicia y de seguridad se relacionan con las víctimas.

“Es lamentable, pero desde que las instituciones existen, de alguna manera se han caracterizado por tratar mal a la víctima o por manifestar indiferencia, de manera que el gran reto del Ministerio Público, el Organismo Judicial y de la misma Policía Nacional Civil, es mejorar las políticas institucionales en materia de atención a la víctima”, considera Ibarra.

De acuerdo con la responsable de Pro Justicia, en el MP se ha comprobado que durante los últimos años, se ha ido avanzando en materia de atención a la víctima; no obstante, señala, todavía hay lugares, circunstancias y momentos en los que la institución como tal, no presta un buen servicio.

Ibarra considera que desde el punto de vista político, las instituciones ya son responsables de muchas cosas terribles que suceden en el país por su falta de atención: “Por su falta de resultados y efectividad, en la medida  que no previenen, esclarecen y sancionan los delitos, que no reparan y dan un resarcimiento a la víctima, y no estoy hablando de dinero, sino que la justicia no le da una reparación a la atormentado”.

“En esa medida, lo que tenemos es un país, en donde las instituciones funcionan de manera perversa y lejos de velar por la población más vulnerable por los que están en riesgo, son  instituciones que están al servicio de poderes fácticos”, enfatiza.

Las analistas consultadas creen que si bien hay avances en atención a la víctima, las instituciones aún tienen por delante el reto de garantizar un trato adecuado para los denunciantes, y especialmente, tienen la tarea de implementar los protocolos establecidos para la atención de la violencia contra la mujer.

Las entrevistadas concluyen y concuerdan que desde el juez de turno, hasta los oficiales tienen que sensibilizarse y saber que si no consideran otorgar una medida de seguridad cuando la víctima lo requiere, pueden tener consecuencias lamentables.
Una mujer que vivió esta situación en la Torre de Tribunales, hace un llamado a las autoridades: “Deseo hacer público mi repudio ante ese sistema, e insto a todas las autoridades responsables de cumplir con sus obligaciones y a las que velan por los derechos de estas víctimas a que se pronuncien y promuevan un cambio. Y responsabilizo a todos los funcionarios, inclusive a la Corte Suprema de Justicia que tiene solamente un oficial asignado para ese juzgado y en ese turno, conforme lo manifestaron sus funcionarios, de cualquier vejamen en la integridad y vida de estas mujeres que decepcionadas tuvieron que salir de allí sin protección jurídica alguna”.

VIOLENCIA
DAÑOS SIN RASTRO

Contrario a la creencia común, la violencia de género se puede perpetrar sin la necesidad de dejar marcas en las víctimas; se puede tratar de maltrato psicológico, económico o verbal.

Norma Cruz, de la Fundación Sobrevivientes, considera que debe tomarse en cuenta y muy en serio el acoso: “Este delito puede pasar a un hecho de violencia, por lo tanto se debe evitar que se llegue a esto.  Si las víctimas denuncian es porque quieren prevenir que suceda algo mayor, por lo tanto los operadores de justicia tienen la obligación de brindar medidas de seguridad”.

Incluso señala que la policía local en las comunidades debería tener un control de cuantas medidas de seguridad hay en su área, para verificar la situación de las víctimas sin la necesidad de que los llamen.

No obstante, la existencia de la Ley Contra el Femicidio y Otras formas de Violencia contra la mujer y la tipificación del acoso como delito de hostigamiento, Cruz subraya que  se sigue viendo este flagelo con menosprecio: “Lo ven como pequeños casos”, sin embargo y según las palabras de analistas, puede llegar a asesinatos.

“La visión patriarcal que existe todavía en los operadores de justicia que no acaban de comprender la Ley de contra el Femicidio y toda la perspectiva de género que debe existir, hacen que la ley todavía dependa mucho, del criterio de los jueces y por más que el OJ, invierta en capacitación para que los juristas manejen la perspectiva de género, y puedan emitir en los casos de violencia contra la mujer resoluciones más apegadas a la ley, ellos aún juzgan los casos con una visión del pasado”, señala Cruz.
El Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (Cenadoj) registra que desde el año 2008 al 07 de mayo del 2012, han ingresado 6 mil 830 casos de mujeres que sufren acoso, sin embargo el delito está tipificado como coacción.
De estos casos han recibido sentencia, durante más de cuatro años, 251 procesos, de los cuales 213 han sido condenatorias y 38 absolutorias.

“Deseo hacer público mi repudio ante ese sistema, e insto a todas las autoridades responsables de cumplir con sus obligaciones y a las que velan por los derechos de estas víctimas a que se pronuncien y promuevan un cambio. Y responsabilizo a todos los funcionarios, inclusive a la Corte Suprema de Justicia que tiene solamente un oficial asignado para ese juzgado y en ese turno, conforme lo manifestaron sus funcionarios, de cualquier vejamen en la integridad y vida de estas mujeres que decepcionadas tuvieron que salir de allí sin protección jurídica alguna”.
Mujer denunciante