Respecto a las declaraciones vertidas por el presidente de la Corte de Constitucionalidad (CC), Mauro Chacón, al justificar el amparo provisional otorgado a la expresidenta de la CSJ porque no se entendió la resolución del juez Décimo Penal, Walter Villatoro, este señaló que no tiene mayor opinión al respecto, ya que no conoce el caso al haber sido separado del mismo.
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Sin embargo, agregó que si no se entiende la resolución por su voz, es una cuestión diferente, pero “que no se entienda porque no se fundamentó” es aparte; porque si uno fundamenta exageradamente como yo lo hago a veces los abogados defensores dicen que se emitió opinión y recusan, indicó.
La resolución a la que se refiere la CC es la relacionada a la audiencia del 26 de enero de 2012, cuando en audiencia de reforma del auto de procesamiento solicitada por Beatriz Ofelia de León, en la cual solicitó la modificación del delito de obstrucción a la justicia por el de amenazas, Villatoro declaró sin lugar la petición.
Si uno no fundamenta entonces objetan que no se fundamentó bien, es como un círculo vicioso, debería respetarse la independencia de poderes, resaltó.
Villatoro fue separado del Caso Siekavizza, en abril pasado, cuando la Sala Primera de Apelaciones declaró con lugar la recusación presentada por la expresidenta de la CSJ, hasta hace poco acusada del delito de obstrucción a la justicia.
La CC hizo público recientemente el expediente número 751-2012 y 3763-2012 referente a la apelación de amparo provisional de Ofelia Beatriz de León Reyes, contra resolución del Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal, con la resolución del Tribunal Constitucional y los antecedentes provenientes de otros tribunales.
Chacón justificó recientemente que por no entenderse la resolución del juez Villatoro, del pasado 26 de enero de 2012, se otorgó el amparo provisional a De León; también aclaró que para que la población tuviera claro el porqué del amparo provisional, se tomó la decisión de publicar en la página de la CC la transcripción y el audio completo de la audiencia judicial.
El juez también se refirió en relación a la recusación en su contra que lo separó del proceso; los abogados defensores están usando las recusaciones “con abuso del derecho”; quieren un juez ad hoc, retardar el proceso o cansarlo a uno, manifestó.
A decir de Villatoro después de que fue recusado y separado del caso, por razones obvias ya no pudo conocer nada.
CRONOLOGÍA
En la audiencia del 26 de enero último el juez Villatoro declaró sin lugar la petición de la defensa de la expresidenta de la CSJ de modificar el delito de obstrucción de justicia al de amenazas.
La sindicada promovió una acción de amparo en contra de esa resolución, que la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal no otorgó, dicha resolución fue apelada en la CC; con fecha 15 de marzo la CC decidió revocar el auto apelado y otorgó el amparo provisional a la sindicada, dejando en suspenso la resolución del juzgador.
El pasado 26 de septiembre la CC emitió una nueva resolución en respuesta al ocurso en queja presentado por la defensa de De León, que ordenó al juez Sagastume emitir nueva resolución, tras lo cual se le modificó el delito de obstrucción a la justicia por el de amenazas.