Mediante la publicación en el diario oficial del Expediente 2217-2012 este jueves, la Corte de Constitucionalidad (CC) respondió al presidente Otto Pérez Molina que el Secretario Privado de la Presidencia deberá acudir a las citaciones del Congreso de la República, al basarse en el artículo 168 de la Constitución Política.
“Todos los funcionarios y empleados públicos están obligados a acudir e informar al Legislativo, cuando este, sus comisiones o bloques legislativos lo consideren necesario”, reza el citado artículo de la Carta Magna.
Entre la publicación se establece que en el sistema de gobierno de Guatemala, invitaciones, citaciones o interrogatorios de los funcionarios y empleados públicos por parte del Congreso “constituyen prácticas que no implican vulneración al principio de independencia de los organismo estatales”, agrega la resolución del máximo tribunal del país.
El 24 de mayo último, el gobernante a través de su representación legal presentó un memorial ante la CC con el cual solicitaba una opinión consultativa al pleno de magistrados de dicho ente, basado en los artículos 171 y 172 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; sobre la obligación de comparecencia del Secretario Privado de la Presidencia, al Legislativo.