Rudimentaria y empírica


Eduardo_Villatoro

Ahora que se estila convocar a los guatemaltecos a que propongan reformas a la Constitución Política y con especial énfasis al régimen de partidos políticos, con riesgo de que algún especialista en el tema ya lo haya planteado, me atrevo a recomendar una modificación que me parece importante, desde mi perspectiva rudimentaria y empírica en estos y otros menesteres, a sabiendas de que la ponencia no será objeto de análisis, salvo de uno que otro político que de verdad esté interesado en sanear el sistema, de mejorar la imagen de esta casta y de lograr avances en el débil sistema democrático representativo.

Eduardo Villatoro


Para realizar el ejercicio teórico (y como tal, una tarea ficticia) que propongo a mis contados lectores que carecen de ambiciones sectarias, me aboco a lo que establece el artículo 205 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en cuanto a que el Congreso se integra con diputados elegidos en los distritos electorales y por el sistema de lista nacional, en el entendido de que cada departamento de la República constituye un distrito electoral, con excepción del de Guatemala, cuyo municipio donde se asienta la capital del país comprende el Distrito Central y los restantes municipios de este departamento constituyen el Distrito Departamental de Guatemala.

Cada distrito -determina la norma- tiene derecho a elegir un diputado por el hecho mismo de ser distrito, ergo, El Progreso, y a un diputado más por cada 80 mil habitantes. Los elegidos por listado nacional constituyen la cuarta parte del total de parlamentarios, y, de esa cuenta, de los 158 congresistas actuales 127 corresponden a diputados distritales y 31 a los del listado nacional.

Como soy originario de San Marcos podría jactarme al afirmar que conozco personalmente todos y cada uno de los 29 municipios de ese departamento, lo que me autoriza a elaborar una antojadiza subdivisión entre ellos, comenzando por señalar que hay una marcada diferencia entre los 17 municipios ubicados en el altiplano marquense, es decir, con clima de templado a eminentemente frío, y 12 colindantes al litoral Pacífico, con temperaturas cálidas, aunque unos dos menos calurosos que los restantes.

De esa cuenta, entonces, para citar un ejemplo, tienen muy poco en común, dentro de la relatividad de los hechos, un vecino de San José Ojetenam, en el norte del departamento y limítrofe con el de Huehuetenango con un habitante de Pajapita, adyacente a Ocós; como tampoco hay una cercana similitud étnica entre un poblador de Tajumulco, al pie del volcán del mismo nombre, con un residente de Malacatán, fronterizo con México.

El distrito electoral de San Marcos elige a 9 diputados, dentro de esa discrepancia idiosincrásica y geográfica, por lo que propongo que, sin incrementar el número de diputados de ese departamento (ni del resto de la República), se subdivida en tres distritos electorales, a saber: uno de ellos integrado por 12 municipios de la “costa”, o sea la región cálida; otro por 9 municipios del área más fría, y el tercero por municipios del centro del departamento, donde se localizan dos ciudades más pobladas y con menor índice de analfabetismo.

Esa subdivisión tendría muchas ventajas, entre las cuales los candidatos a diputaciones serían conocidos por los votantes de los distritos, porque se exigiría que fueran originarios y/o residentes de los municipios comprendidos en un distrito, y no como ocurre ahora, que eligen a 9 congresistas algunos de los cuales ni siquiera han puesto un pie en La Reforma, v.gr., mucho menos en Sibinal.

Algo semejante podría realizarse en Quetzaltenango, en el Distrito Departamental de Guatemala, en otros departamentos muy poblados y en la misma ciudad capital. Quizá un experto en la materia pueda hacer suya la ponencia con sustento doctrinario y conocimiento jurídico-electoral. =Sigue=

(Mi amigo Romualdo Tishudo, quien comparte esta simple propuesta, señala que sólo son ideas para procurar rescatar al podrido sistema dizque democrático y representativo).