El robo de celulares sigue siendo un fenómeno criminal constante en Guatemala. Aunque no existen estadísticas precisas sobre los casos reportados, el Ministerio Público (MP) recibe diariamente un promedio de 215 denuncias por robos y hurtos menores, muchas de ellas son de celulares.
gortiz@lahora.com.gt
Ya van más de dos años de la entrada en vigencia de la Ley contra el robo de celulares, la cual se creyó que disminuiría los casos de violencia causados por el robo de teléfonos móviles.
La Ley de registro de terminales telefónicas móviles robadas o hurtadas entró en vigencia el 2 de abril de 2007, estableciendo condenas de prisión de entre cuatro y seis años por el delito de alteración fraudulenta, con multas de Q25 mil y Q50 mil.
Sin embargo, la teoría no se parece a la práctica, pues a criterio del director del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales (IECP), los índices no han disminuido y los robos de teléfonos celulares son los principales generadores de violencia en el país.
LAS CIFRAS
Las estadísticas del MP, aunque no detallan los casos por robos de celulares, son alarmantes en relación al delito.
Al finalizar diciembre, la Oficina de Atención Permanente de esa institución habrá recibido un promedio de 77 mil 635 denuncias de este tipo. Lo anterior implica un promedio diario de 215 robos en el país, entre los cuales los celulares siguen siendo el artículo preferido de estas bandas.
De enero a agosto del año en curso, el Organismo Judicial reportó un total de 4 mil 224 casos por robos agravados, 2 mil 928 por robo y 2 mil 705 por hurto, siendo los tres hechos ilícitos algunos de las más cometidos durante todo el año.
SUBREGISTROS
Otto Juárez, titular de la Oficina de Atención Permanente del MP, explica que los subregistros por robos y hurtos menores se refieren, según el MP, a que muchas de las denuncias no son reales y eso se da mayoritariamente en el caso de los celulares explica Juárez: «En las empresas de telefónica indican que si usted pierde su teléfono celular paga el ciento por ciento de la pérdida, pero por robo, le cobran solo un 20 por ciento del valor del teléfono», explica el fiscal.
Juárez indicó que el subregistro de denuncias ha provocado que la base de datos no pueda ser utilizada para los mapeos de zonas y áreas delictivas, pues «hay un porcentaje de denuncias que no están confirmadas como ciertas», refiere.
El entrevistado indicó además que la instancia que preside registra todas las denuncias verbales, escritas y procedentes de la Policía Nacional Civil, relacionadas y catalogadas como «robos y hurtos menores».
«Los denominamos así porque son denuncias donde únicamente se pretende la reposición bien sea de una cédula, pasaporte, licencia, tarjeta de circulación o un celular», indicó Juárez; y agregó que para ello se deben dar parámetros como: «que no se pueda individualizar al imputado, que al denunciante no le interese más que la reposición del artículo robado y que no sea un delito de impacto social», declaró.
FRACASO
A criterio de Marco Antonio Canteo, director del IECP, los resultados del cumplimiento de la Ley contra el robo de celulares ha fracasado, además opina que este delito refleja el incremento de violencia en el país.
«La situación de impunidad en estos casos refleja el fracaso de esta legislación, que nunca abordó los aspectos centrales para combatir este fenómeno del robo de móviles», opina Canteo.
Canteo apuntó que la ley «deja intocables los intereses del empresariado que está detrás del negocio de los celulares», y agregó que la política criminal del Estado, debe ser el combate a los mercados criminales.
«El robo se incrementa porque existe un mercado que exige la compra y venta de estos aparatos, entonces la legislación debe regular la compra y el uso de los celulares, prohibiendo expresamente que las empresas reactiven estos y permitan su circulación», apuntó.
El experto consultado señaló finalmente que «el MP debe dejar de perseguir casos aislados de robos de celulares, sino se debe centrar en un análisis estratégico en materia criminal para perseguir por grupos criminales a los implicados y también debe dejar de ser una institución de cobro de seguros», refiriéndose por último a las constancias que la institución entrega a los denunciantes; archivando posteriormente los procesos.
La Ley de registro de terminales telefónicas móviles robadas o hurtadas, Decreto 09-2007 detalla:
Crea la figura penal de «alteración fraudulenta», descrita así: Toda persona individual o jurídica que comercialice los terminales móviles que hayan sido reportados como robados o hurtados y que aparezcan en «lista negra» y quien reprograme o en cualquier forma modifique o reproduzca dicho terminales móviles, entre otros detalles.
El anterior delito contempla una condena de prisión de entre cuatro y seis años-
También una multa de entre Q25 mil y Q50 mil.
Los operadores que activen terminales que aparezcan en la base de datos de teléfonos robados serán multados con US$25 mil, según la Ley.