Hace algunos días publiqué en este espacio, un artículo denominado «Â¿Quo Vadis Guatemala con tu soberanía?» refiriéndome a la instalación de construcciones denominadas quineles, o sea muros de contención en el río Suchiate que sirve de límite entre Guatemala y México.
La construcción de estos muros en el lado mexicano del río, significó la escasez de agua para los sembradíos de algunos parcelarios guatemaltecos ubicados río debajo de la población de ciudad Tecún Umán (Ayutla). El Alcalde de dicha localidad denunció el acto arbitrario de los finqueros mexicanos que perseguían llevar a sus terrenos el mayor caudal de agua posible y garantizar de esa forma la irrigación para sus terrenos.
Al parecer, la cancillería guatemalteca hizo la denuncia respectiva a su homóloga mexicana y tomaron cartas en el asunto; como resultado se principió a quitar los muros construidos y el cauce del río ha vuelto a su normalidad.
Lo interesante de esta situación es que el Gobierno guatemalteco «se puso las pilas» e intervino para encontrar una solución a la conducta abusiva y arbitraria de algunos finqueros mexicanos, porque en ocasiones anteriores el fenómeno se suscitó y a pesar de las denuncias el Gobierno guatemalteco se hizo de oídos sordos.
El río Suchiate nace en las proximidades del volcán Tacaná (4.030 metros sobre el nivel del mar), en la Sierra Madre centroamericana. Su curso forma parte de la frontera entre México y Guatemala, fluye hacia el sur, a lo largo de unos 160 kilómetros hasta desembocar en el océano Pacífico. Presenta un caudal irregular en función de las estaciones: escaso durante los meses secos, y muy caudaloso en verano y otoño, cuando adquiere una gran capacidad erosiva y de transporte sedimentario.
Recibe, por su margen izquierda, las aguas del río guatemalteco Cabús. Baña varias localidades del estado mexicano fronterizo de Chiapas, como Santo Domingo y Anexas, Cacaohatán, Guillén o Ciudad Hidalgo. En paso de Guarumo se construyó una importante presa, que permite el riego de los cultivos que se extienden por unas siete mil hectáreas de terreno. Con el anterior antecedente, bien vale la pena que las autoridades guatemaltecas hagan un reconocimiento del río y corroboren que no haya más quineles o muros de contención en su extensión.
La Constitución Política de la República de Guatemala contempla en su artículo 244 la integración, organización y fines del Ejército y le asigna sus funciones, por lo tanto «se supone» que dicha institución debe velar por la soberanía del país, y entre su organización cuenta con la Fuerza Aérea Guatemalteca que con sus aeronaves puede sobrevolar dicha área llevando a bordo a las autoridades correspondientes y en su caso transportando elementos de tropa para que realicen dicha actividad. ¿O se les seguirá pagando sueldos por no hacer mayor cosa en sus cuarteles?