Revolución del 20 de octubre de 1944 – II –


(Analizada conforme conceptos sobre el vocablo REVOLUCIí“N de la Enciclopedia Polí­tica, del ex presidente del Ecuador, Rodrigo Borja)

Alfonso Bauer

En este artí­culo inicio el examen de las caracterí­sticas del proceso revolucionario iniciado en 1944, en Guatemala. Advierto que va a ser una serie de bastantes escritos, porque mi propósito es darles a conocer a la juventud actual la importancia histórica de ese perí­odo de la historia de nuestra patria. Tomaré como normas guí­as los conceptos de dicha Enciclopedia, sobre el fenómeno polí­tico social, REVOLUCIí“N, siguientes:

DEFINICIí“N, La Revolución es un movimiento axial que entraña un cambio institucional y no simplemente personal en la organización del Estado. O sea que la transformación revolucionaria no se satisface con la mera sustitución de unas personas por otras en el ejercicio del poder %u2014 como ocurre con la rebelión %u2014 sino que busca la modificación estructural de la organización. La revolución implica un cambio de naturaleza institucional, mientras que la rebelión, sólo persigue la sustitución de los titulares del gobierno, supone un cambio de carácter personal en el Estado.

Conforme a esa definición, la Revolución del 20 de Octubre de 1944, que mantuvo el poder una década, Sí fue una revolución, porque no consistió sólo en un cambio de personas en el manejo del Estado, sino operó un cambio institucional, que modificó la organización estructural del Estado, desde la administración de la Junta Revolucionaria de Gobierno y durante la del Presidente Juan José Arévalo y Coronel Jacobo Arbenz Guzmán.

Esos cambios INSTITUCIONALES fueron, casi siempre, proclamados jurí­dicamente, y vamos a mencionar los decretos, acuerdos, leyes y reglamentos en los que constan la mayorí­a de tales cambios que tipifican al proceso polí­tico social de la década 1944-1954 %u2014 poéticamente denominada, de La Primavera Democrática,%u2014 como revolucionario.

Comenzaremos identificando los cambios durante la Junta Revolucionaria de Gobierno (J.R.G.). integrada por el ciudadano civil Jorge Toriello Garrido y los militares Francisco Javier Arana y Jacobo Arbenz Guzmán: en seguida los que se citan en Decretos de la Asamblea Nacional Legislativa, durante los meses de octubre a diciembre de 1944 y de enero y febrero de 1945; y a continuación, Decretos del Congreso de la República, que sustituyó a la Asamblea Nacional Legislativa y por disposiciones de los gobiernos de los Presidentes Arévalo y Arbenz.

CAMBIOS INSTITUCIONALES REALIZADOS POR LA J.R.G.

Decreto 1.- Disolución de la Asamblea Nacional Legislativa. (25/10/ 1944)

Decreto 7.- Supresión del servicio personal de vialidad, forma de trabajo forzado para campesinos y, en general de indí­genas.

Decreto 8.- Abrogación del Decreto 1745 del 14/ 107/1935, que habí­a creado el Juzgado de Instrucción, adscrito a la Policí­a Nacional, que atribuí­a a comisarios de Policí­a Nacional, atribuciones de jueces pesquisidores , que habitualmente, torturaban a las personas detenidas.

Decreto 12.- de 9/11/ 1944, Que considerando que la Universidad Nacional de San Carlos, fue fermento valioso de la revolución trascendental (…) , así­ como la decisión de estudiantes y profesionales dignos, le otorgó AUTONOMíA para el cumplimiento de su misión cientí­fica y cultural y en el orden administrativo.

Decreto 17.- del 28/ 11/ 1944, que declaró los Principios Fundamentales, de la Revolución, los cuales, a mi criterio, no fueron enunciados con el vigor de la gesta popular del triunfo del inicio del proceso revolucionario, ni respondieron a los anhelos vehementes de transformación económica y social del paí­s que se proponí­a la Revolución, para bien de las clases populares. Solamente, se limitaron a declarar enfáticamente que el sistema democrático no incurrirí­a en los abominables abusos de gobiernos despóticos como el de Manuel Estrada Cabrera y de Jorge Ubico; pero, también la autonomí­a de la Universidad Nacional y del Poder Judicial. En próximo artí­culo los publicaré.