El juzgado Décimo de Primera Instancia revocó el fallo que daba luz verde para que el abogado de la diputada Roxana Baldetti solicitara la declaración de Juan Alberto Fuentes Knight, exministro de Finanzas Públicas dentro del proceso abierto contra Sandra Torres, exprimera dama de la Nación.
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La resolución fue revocada luego que la Sala Primera de Apelaciones declarara con lugar la recusación que Torres interpuso contra el titular de la citada judicatura y remitiera el proceso al juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal.
José Eduardo Cojulum, juez Undécimo Penal, resolvió el viernes último con lugar la solicitud que le hiciera el abogado Carlos Contreras de llamar a declarar a Fuentes Knight dentro del proceso iniciado contra Torres, sin embargo, el fallo queda en suspenso tras la resolución de la Sala.
La resolución de Cojulum se dio luego que el juzgador analizara si la recusación en su contra impedía resolver una petición de esa naturaleza, tras ese procedimiento, el Juez dictaminó que el abogado de Baldetti sí podía formular una petición de ese tipo en audiencia pública, por lo que le fijó fecha para audiencia.
Sin embargo, ante el fallo que ayer emitió la Sala Primera de Apelaciones, lo resuelto por Cojulum queda revocado pues el Tribunal que resolvió la recusación en su contra remitirá el expediente directamente al juzgado Cuarto Penal.
La petición de Baldetti para que el juez autorizara la declaración de Fuentes Knight se debió a que el exfuncionario escribió en su recientemente publicado libro: “Rendición de cuentas†la existencia de un cogobierno entre Colom y Torres, por lo que la diputada consideró que la exesposa del Presidente usurpó una función que no le correspondía.
La querella interpuesta contra la exesposa del actual presidente ílvaro Colom fue planteada desde el 20 de abril de 2011, después que la hoy exprimera dama se negara a presentar un informe de la ejecución presupuestaria de los programas sociales que ha impulsado el actual gobierno.
La denuncia contra Torres fue interpuesta por los delitos de incumplimiento de deberes, desobediencia y usurpación de funciones, no obstante, posteriormente se amplió el ilícito de violación a la Constitución.