La Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la acción de conflicto de jurisdicción planteada por la defensa de Efraín Ríos Montt, quien es acusado dentro del proceso legal abierto por los crímenes cometidos durante el conflicto armado interno.
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La notificación llegó el pasado martes a las partes y la defensa del actual diputado por el Frente Republicano Guatemalteco ya presentó una apelación a dicho fallo y mantiene que «sí existe conflicto de competencia y jurisdicción».
La Asociación para la Justicia y Reconciliación (AJR), y el Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) manifestaron que la acción legal presentada por Ríos Montt fue «una clara pretensión de retrasar el proceso judicial que se lleva en su contra, confirmando el uso y abuso de los amparos como una medida dilatoria para negar la justicia a las víctimas del genocidio», expresaron por medio de un boletín.
Los demandantes consideraron que en el presente caso «no existe disputa entre dos o más órganos jurisdiccionales en el sentido de que quieran conocer el hecho que se investiga» por lo que técnicamente no existe conflicto de jurisdicción.
Francisco Palomo, abogado defensor de Ríos Montt, manifestó que presentaron una apelación ante la Corte de Constitucionalidad por el fallo que declaró sin lugar la acción.
Palomo manifestó que las argumentaciones de la apelación serían presentadas cuando la CC fijara fecha para una vista pública donde se discutirá esa acción, lo cual tendría que ser en un plazo de 10 días.
El jurista sostuvo que «el juzgado contralor del caso en la capital no es competente para conocer delitos que se cometieron en el interior de la república», razón por la que fue presentado el conflicto de jurisdicción.