Registro de Propiedad admite ingreso de auditores a oficina


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Pese al rechazo para que la Contralora General fiscalice el Registro General de la Propiedad, se estará habilitando un espacio para que contralores revisen algunos documentos; sin embargo, solicitarán al Ejecutivo para que consulten a la CC a quién corresponde la fiscalización.

POR REDACCIÓN LA HORA
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Durante una conferencia de prensa, Anabella de León, registradora general de la Propiedad, indicó: “yo sería incapaz de oponerme a la transparencia”, por ello, estará habilitado un espacio para que personal de la Contraloría General de Cuentas revise algunos documentos.

Entre ellos, se encuentra el supuesto desvío de 10 millones de quetzales del Registro que fueron trasladados hacia los programas de Cohesión Social, información proporcionada por una llamada anónima; así como la compra de un edificio por Q16 millones de quetzales, todo realizado por las anteriores autoridades.

Esto, pese a que la Registradora insiste en oponerse a la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas (CGC), a pesar de que el presidente Otto Pérez Molina indicó que todas las instituciones del Estado deben ser auditadas.

Por ello, ha solicitado al Ejecutivo a que realice una consulta a la Corte de Constitucionalidad (CC), para que determine a quién corresponde la fiscalización del Registro, si a la Contraloría o a la Comisión Nacional Registral.

Según indica de León, esta labor compete a la Comisión Nacional Registral, que cuenta con connotados notarios por su conocimiento, experiencia y honestidad, ampliamente reconocidas en el Foro Nacional.

De conformidad con el numeral 3., artículo 39 del Acuerdo Gubernativo 30-2005, de fecha 27 de enero de 2005, es a dicha Comisión a quien corresponde, aprobar los proyectos de presupuesto, así como la fiscalización de su ejecución; por lo que, no podrían existir dos entes fiscalizadores.

MISMA SOLICITUD

Los miembros de la Comisión Nacional Registral, califican de inconstitucional, ilegal y arbitraria la injerencia que pretende la Contralora General de Cuentas, de fiscalizar el Registro General de la Propiedad.

Por medio del Oficio DG/CLO-slic-032-12, la Comisión Nacional Registral emite la opinión solicitada por la señora Registradora General de la Propiedad, en el oficio identificado, relativo a la “pretensión de la Contralora General de Cuentas de fiscalizar los fondos del Registro General de la Propiedad”, lo que, en su criterio, violaría, entre otros, los artículos 232 de la Constitución Política de la República y 2º. de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas.

En algunas ocasiones, según indican los miembros de la comisión, no han faltado funcionarios que, al asumir el control de revisión de las instituciones públicas que funcionan con fondos del Estado, obviando examinar el régimen específico de tales Registros, han expresado su idea de querer incluirlos dentro de sus tareas fiscalizadoras; sin embargo, la Dirección Jurídica de dicho órgano, dio lugar al dictamen de 10 de enero de 2007, en el que, concretamente, se afirmó: “Que la Contraloría General de Cuentas no está facultada para fiscalizar al Registro General de la Propiedad, en virtud que tal Registro no maneja, administra o invierte fondos públicos.  Únicamente lo podrá realizar cuando a tal Registro, el Estado le transfiera fondos a través del Presupuesto de ingresos de la Nación”.