Pareciera ponerse de moda en nuestra América Latina, la promulgación de nuevas Constituciones o bien la implementación de reformas a la misma; tal es el caso de Bolivia y Venezuela por citar algunos ejemplos.
Se ha hecho del conocimiento público la propuesta del grupo denominado Pro-Reforma, de modificar la Constitución, y entre sus cambios se propone la implementación de un sistema bicameral, tal como sucede en países como los Estados Unidos de América, en donde tanto la Cámara alta y baja convergen en el Capitolio.
Mi criterio es que urge reformar nuestra Constitución, aunque he reparado no tanto en la implementación de otro sistema como el Bicameral, sino más bien enfocado en la forma de elección de los funcionarios públicos. Debemos de ser conscientes de la injerencia que el Presidente de la República tiene sobre los demás Organismos del Estado e instituciones públicas.
Se debe limitar el poder del Presidente para elegir prácticamente a «dedo» a funcionarios públicos, como lo son el Procurador General de la Nación; se debe de limitar también la injerencia que tiene para la elección de Magistrados a la Corte Suprema de Justicia y a la omnipotente Corte de Constitucionalidad.
La reforma debiera de ir encaminada también, a la revocatoria legal de los mandatos, como una forma de castigar al funcionario corrupto, inepto e incapaz, que por cierto son el común denominador en nuestro país.
Nuestra Constitución establece un sistema de gobierno republicano, que contempla un Presidente y Vicepresidente electos a través del voto popular. Se debió de haber regulado -aunque nunca es tarde para enmendar errores pasados- un procedimiento para que el pueblo titular primigenio de la soberanía nacional pueda revocar el mandato conferido en las urnas, para despojar del poder a aquellos malos funcionarios -que necesariamente incluya a magistrados y diputados al Congreso de la República, y por supuesto al Presidente y Vicepresidente- a quienes confió las tareas de conducción político-social de la nación.
Es cierto que al día de hoy este procedimiento les parecerá ilusorio si queremos ponerle un calificativo, pero además de eso es sensato, ya que se debe de esperar hasta los próximos comicios electorales para retirar la confianza al gobernante de turno, y entregarla a otro igual o peor que su antecesor.
Si la revocación de los mandatos se estableciera cada dos años -es decir a la mitad del período constitucional-, si esta hubiera estado regulada en nuestra Constitución desde 1986 año en que ésta entró en vigencia; debemos de reflexionar cuántos presidentes hubieran concluido su mandato en los cuatro años para los que fueron electos.