Reformas al Organismo Judicial


La población guatemalteca sabe que el Organismo Judicial debe ser materia de profundas reformas. Se debe efectuar una sustancial reforma en todos los órdenes, particularmente en su estructura orgánica, la cual, como dirí­a un médico sobre un organismo humano: padece aún de una alteración patológica de los órganos que va acompañada de lesiones visibles y relativamente duraderas.

Roberto Arias

Como una buena noticia se puede considerar el hecho de que los magistrados de la Cámara Penal de la Corte de Apelaciones, comandada por su presidente, el doctor César Crisóstomo Barrientos Pellecer, principal propulsor del Código Penal, han iniciado la delicada labor de hacer las reformas pertinentes a algunos aspectos de ese código.

La sociedad guatemalteca, pobres y ricos, cultos e ignorantes; como parte fundamental del pueblo de Guatemala, claman por justicia. De allí­ que la mencionada Reforma Procesal va encaminada a la creación de los Juzgados de Sentencia Pluripersonales y los Tribunales de Sentencia para los procesos de mayor riesgo, los que estarán integrados por tres jueces que actuarán de forma colegiada y conocerán del juicio oral y pronunciarán la sentencia.

Los primeros accionarán en los procesos que la ley determina y cada juez conocerá  y resolverá de manera personal en los casos que le sean asignados según ingresen en la etapa del juicio desde su inicio. También resolverán las cuestiones previas, dirigirán el debate y dictarán la sentencia.

Todo lo anterior conlleva el único objetivo de triplicar las resoluciones judiciales y que no se viole garantí­a procesal alguna, al asegurar un juicio con las reglas del proceso debido, con jueces imparciales. Especí­ficamente sobre esto debe poner atención la Honorable Corte Suprema de Justicia, ya que en la actualidad, en ciertos ámbitos campea la corrupción, impunidad e intransparencia de algunos jueces que han sido trasladados por corruptos y por dictar resoluciones violatorias a la Constitución Polí­tica de la República.

Tales jueces que han actuado de manera antiética, amoral y contra las buenas costumbres, tal y como lo anunció el magistrado Manfredo Maldonado, se ordenó su traslado dentro de la normal rotación de jueces en toda la República. Sin embargo nos hemos enterado de que se ha dejado sin efecto tal medida. Estos jueces han impugnado sus traslados de conformidad con la Ley de la Carrera Judicial, que les permite el debido proceso al impugnar tal medida acordada y bien atinada de los Magistrados de la Corte Suprema.

Serí­a interesante conocer quién ha sido el Magistrado o Magistrados que han avalado el dejar sin efecto tal traslado. Como sabemos dichos traslados no son nada nuevo, vienen desde tiempos inmemoriales dentro del Organismo Judicial, por lo que ha sido una burla… una treta. Se pretende una reforma procesal del actual Código Procesal Penal  y especialmente del acceso a la justicia de las ví­ctimas en el proceso, para promover el ejercicio del Estado de Guatemala y asegurar el acceso de la justicia penal y alcanzar tutela judicial efectiva y oportuna.

Es imprescindible y urgente que la CICIG, el Movimiento Pro Justicia, diputado o diputada encargada de la  Comisión de Justicia del Congreso de la República, procedan a investigar la razón y al responsable(s) de haber dejado sin efecto el Acuerdo que ordena trasladar a varios jueces, no solo de la Torre de Tribunales sino de toda la república.

Es prioritario iniciar el proceso de limpieza del Organismo encargado de impartir justicia en Guatemala.