Realmente creo que muy pocos guatemaltecos se han preocupado por leer detenidamente nuestra Constitución Política. Porque no se trata de un mero instructivo ni de un manual político-social, no. Más allá de ser la condensación de todas las aspiraciones ciudadanas es la expresión máxima del sistema legal que nos rige. Es la ley superior de acatamiento obligatorio. Por eso vale la pena destinar unos minutos a repasar sus artículos. Muchas disposiciones seguramente nos habrán de sorprender. Por ejemplo las referencias a los deberes del Estado. A grandes rasgos esos compromisos están contenidos en dos apartados, en primer lugar el de los «Derechos Sociales» y luego en el de «Régimen Económico y social». En el primer grupo aparecen varias obligaciones con buena vocación pero poca implementación; y es que a diferencia de los sociales, los derechos individuales tienen un sujeto activo que reclama esos derechos, cada persona que exige su derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad, a la libre expresión y libre movilidad, a la inviolabilidad del domicilio, a la asociación, a la práctica religiosa o a un derecho muy de moda, la libertad de manifestación que diferentes grupos esgrimen y demandan. En cambio los derechos sociales son más difusos, menos precisos y sobre todo no tienen un actor que reivindique la falta de cumplimiento de esos derechos (obviamente al Estado). En ese catálogo de derechos sociales, que en muchos casos parecen declaraciones de buenas intenciones, tenemos por ejemplo (los artículos van en paréntesis): «El Estado garantiza la protección social, económica y jurídica de la familia» (47); «El Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores de edad y de los ancianos» (51); «La maternidad tiene la protección del Estado» (52); «El Estado garantiza la protección de los minusválidos y personas que adolecen de limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales. Se declara de interés nacional su atención …» (53); «Es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional» (59); «Forman el patrimonio cultural de la Nacional (?) y están bajo la protección del Estado» (60); «Los sitios arqueológicos (?) recibirán atención especial del Estado» (61); «La expresión artística nacional, el arte popular, el folklore y las artesanías (?) deben ser objeto de protección especial del Estado» (62); «?El Estado fomentará la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, los cuales son inalienables?» (64); «Es obligación del Estado proporcionar y facilitar la educación a sus habitantes sin discriminación alguna?» (71); «Es deber del Estado el fomento y la promoción de la educación física y el deporte.» (91); «El Estado velará por la salud y asistencia social de todos los habitantes.» (94); «El Estado controlará la calidad de los productos alimenticios, farmacéuticos, químicos?» (96); «El Estado reconoce y garantiza el derecho a la seguridad social para beneficio de los habitantes de la Nación.» (100); «El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social.» (101). Dejo a criterio del lector determinar el nivel de cumplimiento de algunas de esas obligaciones en nuestra corta historia constitucional tras 7 diferentes gobiernos. Por cierto que se establece una asignación al deporte -del 3%-, a la Universidad de San Carlos -no menor del 5%-, ambas se han venido otorgando, y también se impone al Ejecutivo asignar anualmente en el Presupuesto una partida específica para cubrir la cuota del IGSS que corresponde al Estado como tal y como empleador. Por aparte se definen las obligaciones del Estado en el Régimen Económico y Social, entre ellas «Es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza ?» (118), «Son obligaciones fundamentales del Estado: a) Promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales (? ) l) Proteger la formación de capital, el ahorro y la inversión (?) n) Crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros.» (119). (Continúa).