Reforma de la legislación migratoria I


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La legislación migratoria, como otras disposiciones, se encuentra en franco deterioro, pues parece que, en uno u otro caso, no ha seguido el desenvolvimiento que las circunstancias lo demandan, prueba de ello, es la crisis que en los últimos años se ha venido observando con las diversas migraciones que se denuncian y efectúan sin observar los pasos de ley y del Derecho Comparado.

Rolando Alfaro Arellano


El Derecho Administrativo en nuestro entorno, no está debidamente actualizado, y, según nuestra experiencia hemos comprobado que faltan en muchas disposiciones los reglamentos derivados de las leyes; quizás sería recomendable que los Señores Legisladores, fueran contemplando la codificación legislativa, pues parte de los atrasos se debe a las ausencias de disposiciones que se adapten a la vida moderna y, en su caso, derogar las que ya han perdido su finalidad.

Como comprenderán mis estimados lectores, una ley no puede aplicarse debidamente si carece de reglamentos y peor si éstos no son el producto de la experiencia de la ley, esta problemática se ha presentado en la Ley de Migración, cito algunos ejemplo de leyes sin reglamentos, así:  Educación, de Presidios, en esta no es sólo un reglamento, Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, gravísimo error, pues no se ha regulado las clases de contaminación del entorno humano tales como el ruido y vibraciones, agua, biodiversidad, manejo de desechos sólidos, entre otros (científicamente se ha demostrado que la contaminación genera violencia).

Finalmente, ya basta de oponerse en los casos en los que no se tienen ni la experiencia ni el conocimiento jurídico y científico, pues en lugar de ayudar los inconformes de siempre, entorpecen el progreso del país y la salud de los guatemaltecos bien nacidos.

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