La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió que las acciones de inconstitucionalidad ya no detendrán el curso de los procesos penales en el Organismo Judicial.
A criterio de analistas, la decisión del máximo órgano es bueno para el avance de los procesos penales pues existen casos en los que los abogados litigantes utilizan estas acciones sólo para detener los procesos legales.
En su resolución, la CC detalla que los principios de celeridad y rapidez son los argumentos que fundamentan ese fallo ya que la justicia debe ser pronta y cumplida. Según las estadísticas oficiales sólo una de cada diez inconstitucionalidades es declarada con lugar.
Los procesos continuarán su trámite normal excepto que el tribunal de Primer Grado considere que hay motivos para declarar la inconstitucionalidad, es lo que señala el fallo de esa Corte.