El juzgado Noveno de Instancia Civil de Guatemala resolvió dejar sin efecto el ajuste a la tarifa eléctrica que para el segundo trimestre anunció recientemente la CNEE y otorgó el amparo definitivo a la PDH.
gherrera@lahora.com.gt
El juzgado mencionado analizó que carecían de validez las justificaciones técnicas que pronunció la CNEE para hacer efectivo un nuevo pliego tarifario que incluía a la tarifa social y la tarifa no social.
La CNEE en el Congreso de la República dio a conocer en su oportunidad que la falta de niveles óptimos de los embalses en las hidroeléctricas y el costo del petróleo para el funcionamiento y la generación de las termoeléctricas eran razones de peso para modificar las tarifas.
Los usuarios recibieron con preocupación el anuncio, debido a que en esta oportunidad se previó la reducción del subsidio a la tarifa social para enfrentar los costos de generación, transporte y distribución de la energía eléctrica hasta los consumidores.
CUMPLIMIENTO
Con la sentencia emitida, la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) debe aplicar la tarifa anterior y también ordenar que se reintegre la diferencia que los usuarios cancelaron y que podría abonarse en la próxima factura que emitan las empresas.
Sergio Morales, Procurador de Derechos Humanos (PDH), después de la resolución legal indicó que es imperativa la necesidad de proteger a los usuarios de aquellas tarifas fuera de la realidad, excesivas o no racionales que atentan contra la economía familiar.