El Sistema Penitenciario (SP) y el Ministerio de Gobernación se quejaron de las órdenes que han emitido algunos jueces del Organismo Judicial (OJ) con las que autorizan el ingreso de aparatos eléctricos a diferentes centros de privación de libertad del país.
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Según el SP, el principal argumento de esa queja es que esas autorizaciones altera el protocolo interno de seguridad y condiciones para reos en el que se ha trabajado durante años, además, se pierde el criterio de colectividad aplicado desde tiempo atrás.
La Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se comprometió a evaluar las citadas resoluciones. A criterio de César Barrientos, presidente de esa instancia, estos fallos carecen de fundamentos legales.
Rudy Esquivel, portavoz del SP, informó: “la Dirección General del SP ha hecho un trabajo de regulación desde hace muchos años en cuanto a tenencia y forma de ingreso de esos aparatos a determinados centros de privación de libertad, siempre que no se viole el protocolo y el sistema de seguridad interno “, señala.
Esquivel añade que en el sistema carcelario se ha creado un protocolo bajo el siguiente criterio: “se permite la existencia y tenencia de un televisor por cada 200 privados de libertadâ€, y reiteró que esa medida ha sido implementada durante años.
“En efecto, se permite el ingreso desde el punto de vista colectivo y que permita garantizar los prospectos de seguridad y también factores de orden público a lo interno de los diferentes centros de privación de libertadâ€, agregó el portavoz del SP.
Finalmente Esquivel recalcó que cuando los jueces emiten alguna resolución en la que ordenan al SP que dé ingreso a este tipo de aparatos, esta está fuera del protocolo interno y “altera lo que se ha venido trabajando de forma ininterrumpida respecto a la política de tenencia de los mismosâ€, expuso.
César Barrientos, presidente de la Cámara Penal, declaró: “Gobernación y el SP plantean que esas órdenes rompen los protocolos del sistema de presidios y que, además, coloca a esta instancia en una serie de circunstancias difíciles de seguridad y trato desigual de reclusosâ€.
El magistrado indicó que la queja fue emitida para que la Cámara Penal analizara cuáles son los fundamentos legales que utilizan los jueces para “dictar fuera de resoluciones judiciales este tipo de órdenes basadas en oficios que no tienen un sustento legalâ€.
Barrientos expuso que evaluarán si la ausencia de ese tipo de privilegios viola o transgrede algún derecho humano, por lo que se comprometió a analizar el tema y a tomar decisiones respecto a los casos.
Una de las medidas que adoptaría la Cámara Penal de la CSJ es la emisión de una circular a cada judicatura penal del país para que se unifiquen criterios respecto a las resoluciones que en la actualidad ordenan el ingreso de aparatos eléctricos a diferentes cárceles del país.
En enero último, el juzgado Décimo de Primera Instancia autorizó que el empresario Rodrigo Lainfiesta, sindicado por las anomalías en la remodelación de la cárcel de Fraijanes 2, pueda tener electrodomésticos en la cárcel militar Matamoros, zona 1, donde entonces permanecía recluido.