El Presidente de la República en el pleno del Congreso durante la sesión solemne en la que se celebraron los 27 años de vida de la Constitución Política de la República de Guatemala planteó la necesidad de reformarla para evitar una crisis y centró su propuesta en lo que denominó cuatro pilares. a) La seguridad y justicia; b) La transparencia, c) Cambios en las reglas de las leyes políticas y d) Fortalecimiento del Estado en el área fiscal.
Con todo el respeto considero que los cuatro pilares ya están regulados en nuestra Constitución. Creo en la decisión del Presidente de buscar soluciones al Estado y respetuosamente me permito sugerirle que aplique la Constitución Política de la República de Guatemala fortaleciéndola con la legislación de derecho común que necesite.
No olvidemos que la norma constitucional es una norma de principios, de guía, y los principios que se proponen en los cuatro pilares considero que en gran parte ya están debidamente contemplados por nuestra Constitución.
Primer Pilar: Seguridad y Justicia. Sobre el tema de seguridad la Constitución Política de la República de Guatemala crea el deber estatal de garantizar la justicia, la seguridad, y la paz. Crea como una de las funciones del Presidente de la República proveer a la defensa y a la seguridad de la Nación, así como a la conservación del orden público y determina que el Ejército de Guatemala, es una institución destinada a mantener la paz y la seguridad interior y exterior. Aquí cabe recordar que una de las propuestas de reforma que se hizo como consecuencia de los Acuerdos de Paz era quitar al Ejército de Guatemala la responsabilidad de velar por la seguridad interna de nuestra patria. En cuanto al tema justicia la Constitución solo delimita las funciones y la forma en que se debe organizar la Corte Suprema de Justicia y los tribunales, sin entrar en materia de administración de justicia lo que delega a leyes ordinarias. El gran cambio que se debe contemplar es la forma de elegir a las cortes y que la presidencia no sea anual, que son errores producto de las reformas de 1993.
Segundo Pilar: La necesidad de la transparencia. El Presidente, según publicaciones de prensa reconoció que el erario público se ha convertido para algunos en un botín, pero eso se debe una vez más al incumplimiento de las normas vigentes. La Constitución establece que los funcionarios son depositarios de la ley y administradores de la cosa pública, luego define los bienes del Estado y regula su enajenación ajustándola a procedimientos de transparencia, pero han hecho compras y ventas sin seguir los procedimientos legales, se han constituido fideicomisos al por mayor los que al estar prohibidos por la Constitución constituyen cada uno de ellos un golpe de Estado institucional. Se han hecho multitud de trasferencias de partidas cuando el artículo 238 constitucional dice que “No podrán transferirse fondos de programas de inversión a programas de funcionamiento o de pago de la deuda pública”. La Contraloría General de Cuentas debe fiscalizar todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas lo que incluye las ONG y partidos políticos, pero no lo hace. El artículo 240 ordena que “Toda ley que implique inversiones y gastos del Estado, debe indicar la fuente de dónde se tomarán los fondos destinados a cubrirlos. No creo que en materia de transparencia no habría mucho que agregar si se cumpliera con las obligaciones que contempla nuestra Constitución vigente.
Tercer Pilar: Cambios en las reglas de la Ley Política. Donde hizo ver la importancia que el financiamiento de los partidos políticos provenga del Estado y no de recursos privados. El artículo 17 constitucional dice que “Los partidos políticos gozarán de financiamiento, a partir de las elecciones generales del 3 de noviembre de 1985, el que será regulado por la Ley Electoral Constitucional”. Por lo tanto lo aconsejable sería que se buscaran las reformas al financiamiento partidario dentro de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Cuarto Pilar: Fortalecimiento del Estado en el área fiscal. La Constitución Política de la República de Guatemala ordena que todo impuesto ordinario y extraordinario, arbitrios y contribuciones especiales, sea decretado exclusivamente por el Congreso conforme a las necesidades del Estado y de acuerdo a la equidad y justicia tributaria. Y hace ver que es este organismo es el que debe determinar las bases de recaudación, especialmente las siguientes: a) El hecho generador de la relación tributaria; b) Las exenciones; c) El sujeto pasivo del tributo y la responsabilidad solidaria; d) La base imponible y el tipo impositivo; e) Las deducciones, los descuentos, reducciones y recargos; y f) Las infracciones y sanciones tributarias. Y el 243 establece el principio de capacidad de pago a efecto de proteger al contribuyente y se prohíbe el tributo confiscatorio y la doble tributación. Crear, modificar, aumentar o disminuir impuestos no es función constitucional.
Y ahora, para complicar aún más la función del Congreso el señor Baldizón propone que se convoque a una asamblea nacional constituyente para tratar temas que, o no son materia constitucional o deben de ser tratados por el Congreso y aprobados por consulta popular.
En conclusión, creo que debemos de buscar la reforma y consolidación del Estado mediante la correcta aplicación constitucional. Busquemos a las personas más capaces para aplicar la ley, fortalezcamos al Ejército Nacional y fiscalicemos correctamente a nuestros jueces y magistrados, eliminemos las trasferencias de partidas y los fideicomisos estatales, obliguemos a que la Contraloría General de Cuentas, el Ministerio Público y la Procuraduría General de la Nación cumplan a cabalidad con sus funciones. Busquemos que los partidos políticos retomen la representatividad de la población. Revisemos las leyes tributarias haciendo énfasis más en congelar los gastos que en crear impuestos. Limitemos el tamaño del Estado y tratemos de concentrar la administración pública en tres o cuatro prioridades fundamentales para la población.
Y, sobre todo que todos, gobernantes y gobernados cumplamos y hagamos cumplir la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes del país sin intereses personales, sin prepotencia y sin interpretaciones interesadas.