Luego que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvieran en pleno denegar el amparo provisional otorgado al Procurador de los Derechos Humanos (PDH), sobre la producción, distribución y venta de silbadores; la prohibición del comercio de este producto sigue firme.
lahora@lahora.com.gt
Un segundo amparo presentado por el doctor Sergio Morales en 2006, y que fue confirmado por la Corte de Constitucionalidad (CC), mantiene firme la prohibición de venta de los silbadores, afirmó el PDH.
El presidente de la Cámara de Amparos y Antejuicios de la CSJ, Luis Fernández Molina, indicó que los amparos presentados son «casi iguales», y que el segundo no ha sido resuelto en definitiva en el pleno por razones del orden numérico.
«En el segundo amparo agregaron la palabra venta», dijo Fernández Molina y añadió que está por dictarse la sentencia sobre el mismo y que podría ser en enero del próximo año.
Fallo
De acuerdo a la resolución dictada el pasado martes por el pleno de la CSJ, el magistrado Fernández Molina, indicó que los argumentos de base para denegar el amparo provisional al PDH consisten en que el artículo 43 de la Constitución Política de la República, proclama que la industria, comercio y trabajo es libre; y que sólo puede limitarse por una ley que establezca cuestiones de conveniencia social y de interés nacional.
El entrevistado añadió que actualmente existe una ley que regula la importación del referido producto, con autorización de los Ministerios de Economía y Defensa, y por ende la distribución. «Se permite bajo control, pero se permite», detalló.
Con relación a la producción, distribución y venta, el magistrado Fernández refirió que no existe una ley que las impida. «Crear esa ley no es atribución de un tribunal de amparo porque en ese caso se estaría legislando a través de sentencia de amparos», subrayó.
Morales apeló ayer en la CC la anterior resolución, al respecto el PDH indicó que buscan impedir que se comercialice los cachinflines por las diferentes tragedias que han causado en el país.
El magistrado de conciencia consideró que el argumento de la CSJ no es valido: «entonces que vendan comida envenenada y productos tóxicos a la salud», comparó.
Casos
En 2005, se reportaron varios casos de incidentes provocados por el uso de los silbadores en el país, los cuales llegaron incluso a cobrar vidas humanas.
Uno de los casos más fuertes fue el de la muerte de cinco niños, la cual se dio por un incendio que provocó a causa de un silbador que entró en la casa de éstos mientras dormían. Las víctimas del lamentable hecho fueron: Ana Belén, de 2 años; Saulo Daniel, de 3; Juan Antonio, de 6; Clara Luz Yesenia, de 10, y Erika Esperanza, de 13 años.
Hospitales nacionales reportaron varios casos de niños quemados y con daños en los ojos por el uso de estos productos.
Operaciones
La institución del Procurador de los Derechos Humanos tiene conocimiento de 18 casos de muertes por causa de los silbadores.
El PDH informó que se estarán realizando operaciones en conjunto con la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco), y las fuerzas de seguridad, en las que se procederá para la revisión de comercios que puedan distribuir este tipo de productos.