El licenciado Héctor Andrés Corzantes Cabrera, subdirector de la Oficina de Extensión de Documentos Internacionales de la Dirección General de Migración, acudió a la redacción de Diario La Hora para desmentir los hechos consignados en la nota titulada «Actos de corrupción en Migración: se habrían extendido documentos falsos», publicada en la edición del martes 22 de mayo del presente año.
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Aunque dice compartir la existencia de actos de corrupción en esa dependencia del Ministerio de Gobernación, considera que durante la administración del actual interventor Santos Cuc Morales se ha tratado de combatirlos con mano firme y se ha cancelado los contratos de personal vinculado a actos anómalos.
En el caso específico de la ciudadana ecuatoriana Carmen Viviana Villareal Mero, durante el proceso se detectaron anomalías de parte de dos empleados de la oficina a su cargo, por lo que fueron despedidos, razón por la que el licenciado Corzantes Cabrera considera que son las personas que han trasladado información falsa a los medios de comunicación.
Al momento en que la señora Villareal Mero acudió a solicitar la renovación de su pasaporte, además de los requisitos vigentes, se le solicitó 16 requisitos extras, los cuales fueron debidamente documentados y cuyos originales se encuentran en la oficina a su cargo a espera de ser examinados por personal de la Oficina de Responsabilidad Profesional (ORP).
El funcionario aludido labora como subdirector de la Oficina de Extensión de Documentos Internacionales, y en la publicación se le señala, en base a la conclusión de una investigación firmada por la licenciada Nidia Marila Rojas Monroy de Prinz, encargada de la ORP, de extender la reposición de un pasaporte a nombre de Carmen Viviana Villareal Mero, de nacionalidad ecuatoriana, identificada con la cédula de vecindad, extendida en el municipio de San Antonio La Paz, departamento de El Progreso.
El abogado Corzantes Cabrera considera que al tenor del artículo 21 del Código de í‰tica Profesional del Abogado, «este no puede publicar escritos de un asunto pendiente, ni discutirlo en publicaciones, salvo para rectificar cuando la justicia y la moral lo demandan, debiendo guardar el secreto profesional».