PMT destina 10 agentes para regular a 325 mil usuarios de motocicletas


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La Policía Municipal de Transito (PMT) de la Ciudad de Guatemala cuenta solamente con 10 agentes de para dar cumplimiento a las disposiciones que establecen las regulaciones para el uso de motocicletas.

Por Eder Juárez
ejuarez@lahora.com.gt

Amílcar Montejo, director operativo de la PMT de la capital, explica que existen limitaciones para cumplir con el reglamento, porque la mayoría de agentes de tránsito se encuentran regulando el tráfico y no pueden supervisar a los motociclistas.

Datos de la PMT indican que solo en la ciudad capital circulan alrededor de 325 mil motocicletas y aunque la PMT cuenta con 800 agentes distribuidos en 22 zonas, estos no se encuentran destinados para dar cumplimiento a la normativa, sino solamente 10 agentes motorizados.

Las reglas de tránsito establecen que los motoristas deben utilizar un chaleco anaranjado y casco, ambos con identificación, y tienen prohibido zigzaguear entre carriles.

SIN DATOS DE MULTAS

Al ser consultado sobre las multas impuestas a las personas que incumplen con el reglamento, Montejo indicó que “hay mucha gente que vive obsesionada por querer saber cuántas multas se imponen”.
 
Montejo dice que ya se ha ido solucionando la problemática por el cumplimiento a la norma por parte de los motoristas, ya que se pueden observar cada vez más el uso del chaleco y el casco protector. Sin embargo no quiso dar el número de sanciones que hasta el momento la PMT ha impuesto por el incumplimiento de las nuevas disposiciones de tránsito.

Además, mencionó que hoy mismo se había multado a un motorista porque llevaba a cuatro personas en la moto y solo el conductor portaba un casco que no estaba en buenas condiciones. 

DISOLVERÁN PMT

El ministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla, expresó días atrás que se disolverían las Policías Municipales de Tránsito que no cumplan con observar las nuevas disposiciones de tránsito –motoristas– y emitan multas a los infractores.

Según el titular de la cartera del Interior, el artículo 8 de la Ley de Tránsito establece la delegación de la competencia de la administración del tránsito a las municipalidades, y por lo tanto le compete a la Policía Municipal de Tránsito, de cada jurisdicción, supervisar la correcta circulación de los automotores.

Bonilla advirtió que las municipalidades, que no tengan la capacidad para implementar el reglamento, serían disueltas las PMT.