Como consecuencia de las dificultades de tránsito en las horas pico, la Municipalidad de Guatemala decretó prohibir a esas horas la circulación de vehículos pesados dentro del perímetro urbano de la capital y así atenuar las dificultades de circulación para los vehículos particulares, buses urbanos y extraurbanos que ingresan o regresan con miles de guatemaltecos que viven en los municipios dormitorios alrededor de la capital.
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Decir que la municipalidad obró imprudentemente o incorrectamente no sería justo, pero negar que esta disposición afecta a miles de trabajadores del transporte pesado extraurbano y también a más de mil empresarios, tampoco puede decirse; por lo que, en lugar de ignorar el problema o ponerse radical hay que encontrar soluciones salomónicas que permitan un entendimiento.
No todo el transporte pesado es igual. Existen productos perecederos y urgentes de exportación que deben transportarse sin limitación de horarios: flores, fresa, frambuesa o similares, que deben llegar al aeropuerto y a su destino en horas. Los combustibles, por su peligrosidad, evaporación y consumo, no deben detenerse a medio camino, una vez cargados deben llegar a su destino sin interrupciones. A esos dos tipos de productos debe otorgárseles un permiso permanente de la Municipalidad de Guatemala que les permita transitar a toda hora.
El Ministerio de Energía y Minas debe ordenar y si es necesario sancionar a las gasolineras, a los clientes industriales que reciben y almacenan combustibles, si los vehículos -una vez arriben- no inician su descarga en un plazo de 30 minutos. Hay clientes que afectan al transporte y al piloto cuando sin criterio o inclusive para buscar que el combustible se enfríe y se reduzca en su volumen mantienen los vehículos cargados durante horas y con ello encarecen la operación y afectan al piloto y al empresario al no descargarlos de inmediato, con lo que muchas veces ya no pueden circular por ser hora pico.
El empresario de transporte debe comprender que aunque el Código de Trabajo le permite pagarle a los conductores a destajo, por ser un trabajo no directamente supervisado, esto no es adecuado, se debe crear un sistema salarial mixto de la siguiente manera: (nosotros lo comprendimos y aplicamos el sistema salarial mixto en nuestra empresa desde hace más de 40 años, como le consta a José Pinzón).
1.) Todo piloto debe devengar un salario base por estar a disposición de la empresa, haga viaje o no, lo carguen o descarguen eficientemente en los puertos, terminales, etc., salario base que debe ser igual a uno y medio salario mínimo o más.
2.) A todo piloto que salga de viaje debe reconocérsele cuatro horas extras diarias y pagársele en base al salario base indicado, tiempo y medio por hora extra con lo que se logra que independientemente del tipo de viaje, kilometraje o inconvenientes de carga o descarga y horarios, que no le permitan circular en la capital, que el piloto siempre obtenga un ingreso salarial, que es lo que más le afecta a quien no se le permite circular.
3.) Adicionalmente, debe reconocerse que el piloto en ruta o viaje debe percibir viáticos de alimentación que le cubran desayuno, almuerzo y cena, lo que está previsto en el Código de Trabajo y hay empresarios que no observan.
4.) Por cada unidad o viaje producido, dependiendo de las características y recorrido del mismo, también pagarle un complemento salarial por viaje y así remunerar al piloto por su productividad.
A su vez, el usuario debe aceptar pagar tarifas justas y así evitar mutuos daños y problemas.