El Procurador de los Derechos Humanos, Jorge de León Duque, manifiesta que durante el primer semestre de 2013 han recibido 140 denuncias contra instituciones del Estado por negar o dificultar el acceso a la información tanto a particulares como a periodistas.
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Reportan el trámite de cuatro resoluciones contra: Portuaria Santo Tomas de Castilla, Fontierras, PGN y MEM. Pero estas resoluciones solo implican sanciones morales, explica De León.
El Magistrado de Conciencia revela que en 2011 se presentaron 19 denuncias contra instituciones que limitan y niegan el acceso a la información; en 2012 fueron 275 y en lo que va de este primer semestre se reportan 140. Sobre las resoluciones indica que hasta el momento se emitieron cuatro, donde se sanciona moralmente a la Empresa Portuaria Santo Tomas de Castilla, al Fondo de Tierras, a la Procuraduría General de la Nación y al Ministerio de Energía y Minas.
La ley de Acceso a la Información no le da a la PDH como entidad reguladora la facultad sancionatoria, por lo cual consideran urgente y necesaria una reforma a la legislación para tal efecto.
El Ombudsman expone que la ley establece delitos y que por no ser un ente jurisdiccional; solamente se hace la sanción moral y en esa misma resolución se certifica al Ministerio Publico para que sea el encargado de la persecución penal, una vez finalizado el expediente en el que se hace la condena.
“Lo que hacemos es conciencia de la obligación que hay no solo moral, sino legal, de todos los funcionarios públicos de rendir cuentas. Todo aquel que maneja fondos del Estado tiene que rendir cuentas. Estamos, por primera vez, cuestionando y fiscalizando a todas las alcaldías, pues son las que más incumplen con dar información a la población”, afirma De León Duque.
El Procurador ve con preocupación que existen muchas entidades que incumplen este derecho constitucional, cuando no presentan los informes respectivos, y también cuando no dan la información en el momento en que es solicitada. “Muchos incluso no tienen Oficina de Acceso a la Información como lo manda la ley”, señala.
Según De León Duque, los funcionarios o instituciones públicas no pueden alegar ignorancia en el conocimiento de la ley cuando se les solicita información, porque los mismos están obligados a conocerla. “En algunos casos es desconocimiento y en otros es que no quieren cumplir con la ley. Esto ha sido una constante históricamente y los funcionarios no están acostumbrados a que un ciudadano o el Procurador exija que rindan cuentas”, opina.
La ley de Acceso a la Información establece como delitos: la comercialización o retención de datos y la destrucción de archivos. Las penas van desde cinco a ocho años de prisión y multas desde Q10 mil hasta Q50 mil.