Para mayor claridad


Está visto que nuevamente el Gobierno ha decidido que la Constitución de la República no se aplica a sus decisiones y en ese sentido el Ministro de Comunicaciones, abogado para más señas, ha dicho que no encuentra problema alguno en el caso de su viceministro que es mandatario de una empresa constructora contratista del Estado.


La responsabilidad de los funcionarios no termina cuando dejan sus cargos y eso tienen que tenerlo claro porque llegará el momento en que se puedan deducir las responsabilidades penales. Y es que hay delito de violación a la Constitución, toda vez que el artí­culo 197 de la Carta Magna establece las prohibiciones para ser ministro de Estado y de ellas destaca que no pueden serlo los contratistas de obras y el señor Mury es mandatario especial con representación de la firma Conasa.

El artí­culo 200 de la Constitución dice que para ser Viceministro se tienen que llenar las mismas calidades que para ser ministro, es decir, que también se aplican las mismas prohibiciones. Más claro no canta un gallo y la semana pasada el señor Mury todaví­a tení­a la calidad de mandatario de la firma constructora que es contratista del Estado y por mucho que ahora hayan corrido para revocar ese nombramiento de mandatario especial, el mismo ha estado vigente todo el tiempo en el que el Viceministro ha cumplido con funciones oficiales.

Repetimos que no es una cuestión dirigida en contra del señor Mury, del Ministro o de la firma constructora en referencia; se trata únicamente de exigir el cumplimiento cabal de la ley y no hay lugar a dudas de que en este caso tanto Mury como la entidad nominadora, violaron de manera flagrante la Constitución de la República. Sabí­amos que para el señor Colom y su ministro la exigencia saldrí­a sobrando porque han demostrado a lo largo del perí­odo esa actitud de que las cosas importantes «les vienen del norte», para usar la frase que tanto le gusta a la señora de Colom.

Pero vale la pena recordar que la prescripción de la responsabilidad penal de los funcionarios públicos empieza a correr desde que dejan el cargo porque sabiamente los legisladores supusieron que podrí­an ejercer influencias para evadir un juicio imparcial durante el perí­odo en el que ejercieron la función pública. De suerte que habrá tiempo para revisar todas las actuaciones del ejercicio ilegal del cargo y de la responsabilidad en que se haya incurrido porque es preciso que se sienten precedentes para demostrar que ningún funcionario está sobre la ley y que la misma se tiene que aplicar igual para quienes con cuello blanco se dedican al tráfico de influencias.