Orden y desorden en el proceso penal»­ («¬III»­)


francisco-reyes

¿Quién es el que debe poner orden al desorden en el proceso penal‎? ‏Primero que nadie la Corte Suprema de Justicia,‭ ‬analizando previamente las normas reglamentarias que pone en vigencia.‭ ‬Por ejemplo,‭ ¿‬será congruente y adecuado que el Tribunal Undécimo de Primera Instancia Penal,‭ ‬Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente,‭ ‬recientemente creado,‭ ‬reciba los juicios exclusivamente provenientes del Tribunal Primero de Instancia Penal,‭ ‬Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente y que después de transcurridos seis meses reciba los del Tribunal Segundo‭? ‬A ese paso se requerirán varios años para que se descongestione los tribunales Tercero,‭ ‬Cuarto,‭ ‬Quinto y Sexto,‭ ‬etc

Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

 


.‎¿‏Será procedente que los juicios provenientes de la Ley de Extinción de Dominio los vean tribunales del orden penal o lo correcto es crear tribunales especí­ficos‭? ‬Si se quiere trasladando a alguno de los jueces del área penal,‭ ‬pero no mezclando lo penal y lo proveniente de esta nueva ley.

Será legal y procedente que sin más ni más se traslade el calendario de audiencias de un tribunal penal a otro y que la calendarización la haga el tribunal que no va a conocer.‭ ‬Más grave aún,‭ ‬será procedente que las notificaciones se hagan con una anticipación de pocas horas o es que lo que se pretende es ignorar y violar el legí­timo derecho de defensa y el debido proceso.

La Asociación de Jueces,‭ ‬la Supervisión de Tribunales deben ser los primeros en velar porque no se coloque en este predicado a ningún miembro del Organismo Judicial,‭ ‬por cuanto ello conlleva desprestigio y violación a la equidad que todos los ciudadanos merecen.

Cuál es y cuál debe ser el proceder al respecto del Colegio de Abogados donde se encuentran colegiados y representados todos los abogados del paí­s,‭ ‬incluyendo jueces,‭ ‬fiscales,‭ ‬magistrados y abogados litigantes:‭ ‬Actuar,‭ ‬consentir,‭ ‬opinar o callar.

Continuar emitiendo órdenes intempestivas,‭ ‬improcedentes no contribuye a recobrar el prestigio del Organismo Judicial,‭ ‬permite y justifica la crí­tica de la CICIG,‭ ‬la crí­tica pública y la crí­tica que ciertos embajadores hacen improcedentemente de los poderes del Estado,‭ ‬de nuestro sistema de justicia y del Estado de Derecho.

En conclusión,‭ ‬de la misma manera que aceptamos y reconocemos que hay imperfecciones,‭ ‬debemos de insistir que el gremio de abogados y los funcionarios responsables del Organismo Judicial,‭ ‬el Ministerio Público y los litigantes en general deben de hacer una autocrí­tica,‭ ‬una crí­tica y no por temor o desidia permitir las órdenes y desordenes que improcedentemente existen en la actualidad.

En lo individual no debemos de olvidar que arriba de nosotros hay uno más grande que nosotros,‭ ‬que el juez supremo es de donde emanan las normas del derecho natural y como hombres y mujeres de principios buscar el bien común.

Todos tenemos la obligación y el derecho de señalarle a los miembros de la CSJ,‭ ‬especialmente cuando se es magistrado de salas,‭ ‬jueces de tribunales y miembros integrantes de los tribunales de justicia,‭ ‬los inconvenientes,‭ ‬los errores,‭ ‬las equivocaciones que cada dí­a hacen más lenta,‭ ‬complicada y a veces también injusta e improcedente la administración del dí­a a dí­a de los procesos penales en el paí­s.

Nada impide que un miembro de nuestra familia o uno de nosotros sea falsamente acusado,‭ ‬sea preventivamente detenido con la argumentación que puede escaparse del paí­s,‭ ‬que puede interferir en la investigación y por la lentitud,‭ ‬el tráfico de influencias,‭ ‬las presiones de grupos económicos,‭ ‬polí­ticos o profesionales lo crucifiquen o linchen siendo inocente.‭ ‬Sólo Dios es infalible.