La ONU aplaude a la Justicia guatemalteca por rechazar la figura de la amnistía que solicitaba Efraín Ríos Montt, quien buscaba cerrar el proceso penal que se sigue en su contra bajo los cargos específicos de genocidio y de lesa humanidad.
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Desde Ginebra, la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Navi Pillay, aplaudió la decisión de la Justicia de no conceder la amnistía al exgeneral golpista José Efraín Ríos Montt y lo consideró un precedente importante para casos de otros acusados como el de genocidio.
El exgeneral, de 85 años, llegó al poder mediante un golpe de Estado en 1982 y lo conservó durante diecisiete meses, en plena guerra civil guatemalteca.
Durante operaciones perpetradas por el Ejército en ese período, se calcula que solo en las zonas del noroeste de Guatemala fueron ejecutados por los militares más de mil 771 indígenas.
El portavoz de Pillay, Rupert Colville, destacó por positivo que el juez Miguel Ángel Gálvez rechazara ayer el argumento de que la ley de amnistía decretada en 1986 protege a Montt de ser juzgado por genocidio.
El magistrado estableció que la referida ley es inválida porque Guatemala había firmado mucho antes de ese año el Tratado Internacional contra el Genocidio, que data de 1949 y ratificada por el país centroamericano un año después, explicó Colville.
«El veredicto parece abrir la puerta para dejar sin efecto la amnistía a cualquier acusado de genocidio en relación con la guerra civil de 36 años en ese país, en el que se cree que murieron unas 200 mil personas», agregó en declaraciones a la prensa en Ginebra.
El portavoz recordó que la posición de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos siempre ha sido que nunca se debe conceder amnistía por graves crímenes internacionales.
El genocidio, así como los crímenes contra la humanidad, están codificados en la legislación internacional como los delitos más graves posibles y que no tienen plazo de prescripción.
Ríos Montt permanece bajo arresto domiciliario desde el pasado 26 de enero, cuando fue sentado en el banquillo bajo los cargos específicos de genocidio y lesa humanidad.
La acusación del Ministerio Público se basa por delitos de genocidio perpetrados durante su gestión como jefe de Estado de facto (1982-1983), al ser sindicado de la masacre ocurrida en el Triángulo Ixil, donde se ejecutaron los planes contra insurgentes Plan Sofía, Victoria 82 y Firmeza 83.
VEREDICTO
Bajo el argumento de que aún está vigente la Ley de Reconciliación Nacional, que no admite amnistía al delito de genocidio, Gálvez negó la petición de la defensa.
Al inicio de la audiencia, el Ministerio Público se opuso al cierre del caso en contra del militar retirado, ya que en dicha figura únicamente están contemplados delitos políticos y no de lesa humanidad.
Francisco Palomo, abogado defensor del general, buscaba cerrar el proceso contra su patrocinado, al afirmar que el decreto 8-86 emitido por Óscar Mejía Víctores, otorgó amnistía para militares y guerrilleros por igual que combatieron durante la guerra interna.
Ese decreto concede amnistía general a toda persona responsable o sindicada de haber cometido delitos políticos y comunes conexos durante el período del 23 de marzo de 1982 al 14 de enero de 1986.
El decreto fue firmado por Mejía Víctores, jefe de Estado de 1983 a 1986, y la norma fue publicada el 10 de enero de 1986, cuatro días antes de que entrara en vigor la Constitución de la República.