Normativo de liquidación de Fonapaz prohíbe que Paniagua sea parte de junta


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Hoy se publica en el diario oficial el Acuerdo Gubernativo 36-2013, en el cual se establecen las normas para la liquidación del Fondo Nacional para la Paz (Fonapaz), y su unidad ejecutora de proyectos, así como la liquidación y extinción de su fideicomiso, proceso que durará un año.

Por Eder Juárez
ejuarez@lahora.com.gt

Según este acuerdo, el plazo para la liquidación de Fonapaz y su Unidad Ejecutora de proyectos es de un año, contando a partir de la fecha de integración de la Comisión de Liquidación, en la cual habrá representantes de Segeplan, y los Ministerios de Desarrollo Social y Finanzas.

Se establece que no pueden ser parte de la Comisión Liquidadora de Fonapaz exfuncionarios, empleados, contratistas o parientes cercanos de esta entidad. También se establece que es la Contraloría General de Cuentas la encargada de verificar, examinar y fiscalizar las operaciones contables de la Comisión Liquidadora de Fonapaz.

Este punto del acuerdo elimina la posibilidad de que Armando Paniagua, último director de Fonapaz, pueda formar parte de esta junta. En el momento del anuncio del cierre de la institución, el presidente Otto Pérez Molina explicó que Paniagua debe estar disponible para explicar sobre cualquier punto a la Junta Liquidadora, por lo que no podría asumir en ese tiempo otra función pública.

Asimismo indica que a partir de la vigencia de este acuerdo se prohíbe la admisión, adjudicación, aprobación y ejecución de nuevos programas: “toda solicitud de nuevos proyectos o acciones relacionadas con el desarrollo social deberá ser presentada al Ministerio de Desarrollo Social o instancia correspondiente, según el objeto y naturaleza de la solicitud”.

Durante el año que durará la Comisión Liquidadora tendrá a su cargo determinar las operaciones y compromisos financieros pendientes, verificar el inventario de bienes muebles, inmuebles y otros activos; será la encargada de trasladar los programas, proyectos u otra actividad competente de Fonapaz, designar a un administrador liquidador, quien a su vez actuará como Secretario Ejecutivo de dicha comisión.

Además, tendrán a su cargo la contratación del personal necesario para concluir las operaciones de liquidación, ordenar que se efectúen los pagos con cargo a las asignaciones presupuestarias y se extiendan los finiquitos correspondientes, o hacer gestiones para el cobro de las acreedurías o cualquier otro derecho a Fonapaz, así como contratar servicios de auditorías externas o privadas.

Según el acuerdo derivado de la liquidación y disolución del fondo se dispone y ordena la liquidación y extinción del Fideicomiso constituido en el Banco de Guatemala, así como los fideicomisos de segundo grado constituidos por el fiduciario, por lo que instruye al Procurador General de la Nación a que otorgue el mandato al Ministerio de Finanzas para establecer las bases para liquidar y extinguir dicho fideicomiso.

Marvin Flores, de Acción Ciudadana, dice que este proceso es normal a partir de la publicación en el diario, pero que ahora lo importante es que se empiece a ejecutar a la brevedad posible considerando que un año es un tiempo suficiente para liquidar todos los activos y recursos que tenía el fondo y trasladarlos a donde correspondan.

Flores dice que se espera ahora que en el Ministerio de Desarrollo Social se creen los   mecanismos de transparencia necesarios para administrar esos recursos y “no únicamente sea un cambio de estafeta pasando recursos de un lado a otro y que se manejen de la misma manera que se manejaban en Fonapaz”.

CIDH
Publican derogación

La Cancillería publicó hoy el acuerdo que deroga el Acuerdo Gubernativo 370-2012 que restringía la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para conocer casos de violaciones a derechos humanos durante el conflicto armado interno anteriores a 1987. Según la derogatoria el Acuerdo Gubernativo 370-2012 deberá ser excluido del ordenamiento jurídico guatemalteco.