En el artículo anterior me referí al nombramiento del nuevo ministro de Gobernación, doctor Francisco Jiménez Irungaray y del viceministro, licenciado Emilio Arnoldo Villagrán Campos y a la preparación académica de ambos para el desempeño de los cargos que se les asignaron, así como también lo que se espera de su gestión. La cual no les será fácil, previne, porque: PRIMERO, los gobiernos militares o civiles desde 1954 en vez de haber actuado al servicio del pueblo lo han hecho a favor de la oligarquía nacional; SEGUNDO, porque es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, como lo manda el artículo 2 de la Constitución Política de la República, pero en los últimos 54 años, ninguno de esos derechos humanos ha estado garantizado.
Ahora, se espera que los nuevos titulares del Ministerio del Interior depuren a la PNC de corruptos y malignos agentes, para que cumpla con su misión de resguardar el orden y la paz públicas.
Y TERCERO. El artículo 244 de la Constitución establece que el Ejército de Guatemala está destinado «a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior» y, además, es «apolítico, obediente y no deliberante». Características de las que carece, porque actualmente el Estado y nación guatemalteca ha perdido su independencia y soberanía, sometidos al imperialismo del Norte, y en cuanto a la integridad del territorio, no ha cuidado las fronteras particularmente con México y Belice, ya que hasta cuerpos armados beliceños han invadido nuestro territorio nacional y, apenas si ha combatido a los narcotraficantes, quizás porque esa función más le incumbe a la PNC, pero ahora en cumplimiento del Plan Mérida tendrá que ser obediente a la 4ª. Flota norteamericana. Ya se dijo que no hay paz ni seguridad en el país y, por otra parte, es una institución política-un poder paralelo, lejos de ser obediente, es manda más y tampoco no deliberante, pues decide, en asuntos públicos importantes que no son de incumbencia
A partir de 1985, año en el que entró en vigor la Constitución Política de la República de Guatemala, si bien es cierto que ni la PNC ni el EG están instituidos expresamente como responsables directos de esa garantía, tienen la obligación de no atentar contra esas garantías, porque sus oficiales o clases , aun cuando reciban órdenes superiores no están obligados acatarlas si violan la ley, y esto por lo que preceptúa el artículo l56 de la Constitución: «ningún funcionario o empleado público, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito». Sin embargo, nunca ha habido un caso en que un soldado u oficial del ejército o agente de policía se hayan negado a obedecer órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito, a pesar de que el artículo l46 de la Constitución de 1965, disponía exactamente lo mismo, y sin embargo, a principios de la década de los años ochenta del siglo pasado, so pretexto de combatir a la insurgencia armada se cometieron gravísimos delitos, incluso de lesa humanidad como el genocidio y etnocidio.
En conclusión, las nuevas autoridades del Ministerio del Interior, ¿pondrán, en coordinación con el Ejército, fin a ese oprobioso pasado?
Otrosi: Si los magistrados fuesen como el del Tribunal Supremo Electoral, licenciado José Rodolfo Pérez Lara, el Organismo Judicial del Estado de Guatemala, sería un organismo digno. Ciudadanas y ciudadanos lean el Campo Pagado por Pérez Lara condenando el intento de auto percepción de coima disfrazada, de parte de los Magistrados del TSE, a través del cobro de un «Bono de Aniversario». Felicitaciones, Magistrado Pérez Lara.