No hay hambruna en Guatemala?


Lic. Samuel Maldonado, Cédula I-9 73689

Según el Diccionario de la Real Academia Española, hambruna es: «hambre», como la que se vive en muchas regiones de Guatemala; La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) consagra en su artí­culo 11 el derecho a la preservación de la salud; también la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artí­culo 25.1 indica que «Toda persona tiene derecho a…la salud…»; la OMS preceptúa en el preámbulo de su constitución que: «El goce del grado máximo de salud que se pueda dar es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano; y por su puesto nuestra Constitución Polí­tica preceptúa en su artí­culo 94 que: «El Estado Velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes; y como si fuera poco, el artí­culo 4 del Código de Salud, establece claramente que: «El Estado, en cumplimiento de su obligación de velar por la salud de los habitantes desarrollará acciones a fin de procurar a los guatemaltecos el más completo bienestar fí­sico, mental y social…». Ahora que el señor Ministro de Salud se la pasa justificando su mal trabajo es otra cosa, pero en Guatemala sí­ existen buenos profesionales que pueden ser Ministros de Salud, solamente tal vez les falte dentro de su hoja de vida, haber sido financistas de campaña de la UNE.