No al voto secreto


Cualquier consideración que hagan los miembros de las comisiones de postulación relacionada con el secreto en sus actuaciones atenta definitivamente contra el interés público que se orienta a la transparencia en el proceso de nominación de los candidatos a integrar el poder judicial de Guatemala. En otras palabras, el argumento de que la publicidad de sus votos podrí­a tener efectos adversos para quienes integran las dos comisiones, léase los decanos de las facultades, sale sobrando porque aquí­ no estamos para que los académicos queden bien, sino para que el sistema judicial quede bien.


Si no querí­an asumir su deber cí­vico con la entereza que se requiere para dar la cara, no debieron aceptar las decanaturas que implican, por ley, la obligación de ser parte del proceso de postulación de los abogados que aspiran a ser magistrados de las Salas de Apelaciones y de la Corte Suprema de Justicia.

En este caso lo que tenemos que ver es cuál es el valor más importante que la sociedad está privilegiando en las actuales circunstancias y por supuesto que es la transparencia y absoluta publicidad de las decisiones y resoluciones. Es más, hasta se pide con justa razón que exista publicidad en las deliberaciones y no faltan los que piensan que las mismas debieran de ser transmitidas por las radiodifusoras para que la población pueda aquilatar correctamente el proceder de los postuladores.

El deterioro de nuestro sistema de justicia y su cooptación por el crimen organizado y los intereses polí­ticos es irrefutable y por ello mismo el tema de la postulación de candidatos ameritó la aprobación de una ley especí­fica cuya finalidad esencial es asegurar transparencia y romper con la forma tradicional en que se vení­a procediendo, puesto que la misma es causante de ese «empoderamiento» de los grupos clandestinos que operan impunemente en el paí­s y que pretenden mantener el control de la institucionalidad jurí­dica de Guatemala.

Los miembros de las Comisiones de Postulación tienen ahora un desafí­o y un deber patriótico que cumplir. No pueden anteponer sus intereses, sean para postular a parientes, para postularse ellos mismos o para quedar bien con Dios y con el diablo, sino que deberá prevalecer el interés nacional que es la conformación de Cortes de Apelaciones y Suprema de Justicia í­ntegras y competentes.

Ese es un imperativo absoluto en las actuales circunstancias y constituye el valor fundamental que la sociedad tiene que tutelar porque no podemos continuar con un sistema en el que el funcionamiento de los tribunales queda sujeto a intereses o compromisos polí­ticos, toda vez que ello es fatal para la institucionalidad en Guatemala.