Negocio redondo para las armerí­as allana nueva Ley de Armas y Municiones


El director de la Comisión Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), Carlos Castresana continúa acercándose a los diputados para agilizar varias reformas al Código Civil, Procesal Penal y Ley de Armas y Municiones. El lunes visitó a la Junta Directiva del Congreso.

La Constitución Polí­tica en su artí­culo 38 reconoce como un derecho humano la tenencia de armas de uso personal no prohibidas por la ley en el lugar de habitación. «No habrá obligación de entregarlas, salvo en los casos que fuera ordenado por juez competente». «La norma constitucional también reconoce el derecho de portación de armas, regulado por la ley».


La norma está contenida en la parte dogmática del texto constitucional y según el artí­culo 278 sólo puede ser modificado por una Asamblea Nacional Constituyente. Este derecho individual de tenencia y portación de armas se equipara a los derechos a la vida, libertad e igualdad, libertad de emisión de pensamiento, propiedad privada, entre otros.

La Ley de Armas y Municiones deviene de este mandato constitucional (Decreto 39-89) y si bien su actualización es uno de los compromisos que los signatarios de los acuerdos de paz suscribieron hace doce años poco o nada se ha avanzado en esa materia, porque han privado los intereses comerciales de los grandes importadores de armas y municiones.

La redacción de los proyectos de ley son elocuentes en ese sentido, porque es impresionante las armas y el número de municiones que de ser aprobada cualquiera de las dos ponencias se autorizarí­a a quien porte un arma de fuego o decida tener una casa (tenencia) para su resguardo e integridad fí­sica de sus seres queridos.

Quienes se resisten a restringir este «derecho constitucional» son los bloques Unionista, otrora PAN y la URNG, paradójicamente quienes firmaron la paz el 26 de diciembre de 1996. El argumento es simple, si el Estado no puede garantizar la vida y la seguridad no puede restringirle a sus habitantes el derecho a protegerse.

En el Congreso de la República están en trámite dos proyectos de ley para normar el uso de las armas. Uno más abierto promovido por el diputado Pablo Duarte, del bloque Unionista y otro más restrictivo, impulsado por Luis Mendoza, de la bancada oficial que en la sesión del lunes logró dispensar el dictamen y que el proyecto pasara en primer debate con 105 votos.

El proyecto de los oficialistas va viento en popa, porque este martes pasó el segundo de sus tres debates. El martes de la semana entrante, según lo dispuso la Instancia de Jefes de Bloque, será discutido en tercer debate y dependiendo del consenso que se alcance podrí­a ser aprobado o bien quede pendiente su aprobación por artí­culos y redacción final.

Sin embargo, que el trámite haya sido agilizado esta semana no equivale a asegurar que las reformas de la bancada oficial vayan a ser aprobadas la semana entrante, porque quienes propugnan por una nueva ley más abierta, que asegure a la población acceder a más armas y a un número voluminoso de municiones, no se quedarán de brazos cruzados.

Quienes adversan limitar el número de armas y municiones alegan que restringir este derecho constitucional puede ser impugnable en el más alto tribunal constitucional, principalmente en lo relativo a la edad para portar un arma de fuego. Es un golpe bajo para quienes cumplen con la ley, registrando sus armas, porque quien va a delinquir no va utilizar armas legalmente registradas, sino robadas o hechizas, sostienen.

Mil balas semanales y 3 armas por licencia

En ese sentido, la propuesta de Duarte y su colega Mariano Rayo, permitirí­a adquirir semanalmente mil unidades de municiones por calibre de las armas que tenga debidamente registradas en su licencia de portación y 50 unidades con su registro de tenencia.

500 balas semanales y 3 armas por licencia

La propuesta de los oficialistas en cambio, sugiere legislar para que se permita el acceso solamente a 500 municiones de las armas que tenga debidamente registradas en su licencia de portación y 100 con su registro de tenencia. En ambas propuestas se legisla para que sólo tengan acceso a las armas los ciudadanos mayores de 25 años y tres armas por licencia.

¿Y la mayorí­a de edad?

En otras legislaturas la discusión sobre la constitucionalidad de fijar 25 años de edad para acceder a un arma de fuego ha sido polémica, porque quienes adversan esta limitación aseguran que vulnera el artí­culo 147 de la Constitución Polí­tica, principalmente el artí­culo relativo a los derechos y obligaciones que contraen los ciudadanos guatemaltecos al cumplir la mayorí­a de edad. «Son ciudadanos los guatemaltecos mayores de 18 años de edad. Los ciudadanos no tendrán más limitaciones, que las que establecen esta Constitución Polí­tica y la ley».

Requisitos

Para acceder a una licencia de portación de un arma de fuego el interesado debe presentar su carencia de antecedentes penales y policí­acos, pero antes deberá someterse a varias evaluaciones técnicas, teóricas y prácticas en cuanto a las medidas de seguridad en el uso y manejo del arma de fuego. La propuesta de Duarte en cambio sólo establece como requisito una declaración jurada de carencia de antecedentes penales y policí­acos, constancia de empleo e ingresos.

Sanciones

El tráfico ilí­cito de armas de fuego o municiones será sancionado con penas que van desde 6 a 10 años de prisión inconmutables y comiso de las armas de fuego. Si las armas fueren de las clasificadas en la ley como armas de fuego ofensivas y o bélicas, la pena a imponer será de 11 a 15 años de prisión inconmutables. Por venta ilegal de explosivos, las sanciones serán de 10 a 15 años de prisión inconmutables. Por fabricación ilegal de armas de fuego defensivas la pena será de 6 a 8 años de cárcel y de 10 a 15 años de prisión si fueran clasificadas como ofensivas.

El propietario de la armerí­a que repare armas de fuego no registradas en el Departamento de Control de Armas y Municiones, DECAM, será sancionado con una multa de 10 mil quetzales y 6 meses de suspensión de la licencia correspondiente y comiso del o las armas correspondientes. En caso de ser reincidente, la sanción será el doble y se le cancelará la licencia en forma definitiva, el cierre definitivo de la armerí­a y el comiso de las armas correspondientes, materiales y equipo de la armerí­a.

¿Defensa o Gobernación?

Otro de los temas torales que deben consensuarse es sobre el control de las armas. Unos creen que debe continuar como hasta ahora el Ministerio de la Defensa como ente controlador y otros, el Ministerio de Gobernación, como dicen los acuerdos de paz, no obstante, que el titular de la cartera del interior reconoce que no tiene capacidad en estos momentos de asumir esa responsabilidad.

Parlamentarios de diferentes bloques polí­ticos han considerado necesario que se regule la cantidad de armas y municiones en menor proporción a lo establecido en ambas iniciativas de ley. Y es que si por ejemplo el Congreso aprueba la iniciativa de Duarte, un guatemalteco promedio que tiene su arma registrada calibre 380 requerirí­a disponer de un presupuesto semanal de Q2,400, tomando en cuenta que cada tiro por cartucho cuesta Q2.40. Ese costo está muy por arriba del salario mí­nimo y del costo de la canasta básica vital.

Permiso para portar armas ofensivas

Ambos proyectos establecen la posibilidad de acceder a armas bélicas y de alto poder ofensivo (uso exclusivo del Ejército). En la propuesta de Duarte se sugiere que el solicitante debe justificar al Ministerio de la Defensa los motivos de la misma, mientras que en la propuesta oficial apoyada por otros bloques se justifican como casos especiales.

Quienes poseen actualmente armas clasificadas bajo esta categorí­a las conservarán, pero deberán actualizar su información. Existe consenso en la redacción de esta norma, porque los altos í­ndices de delincuencia común y organizada obliga a muchos guatemaltecos que por la naturaleza de sus actividades económicas son blanco recurrente de la criminalidad.

Quedan autorizados para la tenencia y portación de armas de fuego:

El Presidente y Vicepresidente de la República; los Diputados, ex Diputados al Congreso de la República y Dignatarios de la Asamblea Nacional Constituyente; el ex Presidente y ex Vicepresidente de la República; Ministros de Estado; Procurador General de la Nación; Magistrados y Jueces, Secretarios y Subsecretarios de la Presidencia de la República, Jefes de Sección y agentes auxiliares del Ministerio Público, Alcaldes; Directores y Subdirectores Generales de entidades de seguridad del Estado, celadores o guardianes de plantas o instalaciones eléctricas, telefónicas, microondas, telégrafos y radiotelecomunicaciones, igualmente los conductores de trenes y especialistas del Ejército.

Por falta de legislación proliferan las armas

Oliverio Garcí­a Rodas

Presidente de la Comisión de Legislación

«El problema no es la ley sino las armas ilegales, el contrabando y la fabricación artesanal de las mismas, la alteración de las armas y todo este tipo de cosas que, como no están reguladas, la delincuencia aprovecha para hacer uso de las mismas a sabiendas de que al caer en manos de las fuerzas de seguridad, no sufrirán penas drásticas debido a que la legislación es bastante débil y facultan a los operadores de justicia a dictar medidas sustitutivas».

«Hemos visto como un delincuente es capturado con un fusil AK-47 y a los dos o tres dí­as sale libre. Eso porque los jueces y los fiscales no cuentan con los instrumentos legales para una persecución penal adecuada y en ese sentido el Congreso es el responsable de dotar de una legislación apropiada, penalizando drásticamente los delitos en que incurran, por lo tanto, la Ley de Armas y Municiones debe ser objeto de una revisión profunda sin esperar a que se apruebe como se ha planteado».

El problema no es el número de las armas

Luis Enrique Mendoza

Presidente de la Comisión de Gobernación

La cantidad de armas no es relevante, ya que si fueran 3 o 4 ninguno las va a portar juntas, sin embargo, la iniciativa de ley presentada sufrirá otras modificaciones que permitirán mejorar el texto original tanto en el número de armas autorizadas como el tipo de sanciones y la institución responsable del depósito, archivo, licencias y todo lo relacionado con esa actividad. Además, en las próximas enmiendas se propondrá que, por el momento, sea el DECAM quien siga a cargo del control de armas y municiones y en 30 meses pase a formar parte del Ministerio de Gobernación.

El ciudadano honrado debe defenderse

Pablo Duarte

Ponente

«Los guatemaltecos estamos sitiados, nos tenemos que recoger temprano; los restaurantes van a la quiebra porque la gente no quiere salir por la enorme delincuencia que hay y como si fuera poco, las mismas fuerzas de seguridad responsables de proteger a la ciudadaní­a, están metidos con los mañosos».

«Aquí­ el problema no es la cantidad de armas ni la cantidad de municiones. Fí­jese, en un asalto a veces ni utilizan las armas, y si van a matar a alguien disparan 10 o 15 balas. Además, los sicarios y narcotraficantes usan calibres prohibidos, entonces porque no vamos a permitir que los ciudadanos honrados se defiendan de la delincuencia».

La violencia no es pretexto para permitir más armas

Walter Félix

Ex comandante Félix

«El peor enemigo de la paz son las armas y me parece contradictorio que un proyecto que lleva más de 10 años discutiéndolo se entrampe aquí­ mismo en el Congreso».

«Es urgente la despistolización y la regulación del uso de las armas, aunque eso no resuelva el problema de la delincuencia común y el crimen organizado. Es lamentable que con el pretexto de la violencia se incremente el uso de las armas e incrementar la venta de las municiones. Como desmovilizado de URNG, me pronuncio en contra de la autorización para portar más de un arma. Quienes defienden la postura de tener más de 3 o 4 armas lo hacen con otros propósitos y no para su defensa personal».