Menores de edad son utilizados como sicarios


La Fiscalí­a de Delitos Contra la Vida del MP estableció que la mayorí­a de pilotos han sido asesinados por menores de edad.

La Fiscalí­a de Delitos Contra la Vida del Ministerio Público (MP) investiga 16 casos de asesinatos contra pilotos en la capital. Las pesquisas han logrado establecer que: «El crimen organizado conoce la ley», ya que las ví­ctimas han sido ejecutadas por menores de edad.

Gerson Ortiz
lahora@lahora.com.gt

El MP estableció que la mayorí­a de asesinatos contra pilotos este año han sido ejecutados por menores de edad que son «utilizados» por el crimen organizado debido a que las penas para los menores en conflicto con la ley penal son mí­nimas.

ílvaro Matus, titular de la citada fiscalí­a, indicó que ha sido difí­cil individualizar a un menor que haya transgredido la ley, ya que el MP no puede solicitar una captura en su contra, sólo puede pedir la presentación ante un Juzgado de Paz o de la Niñez y la Adolescencia.

El fiscal añadió que sólo en un caso han sido detenidos menores de edad, lo cual se debió a la flagrancia del hecho y a que el entonces sindicado reconoció que le habí­an ordenado asesinar al piloto «porque no habí­a pagado el impuesto».

Sin capturas

La Policí­a Nacional Civil reporta en lo que va del año 41 asesinatos contra pilotos y 11 contra ayudantes. La fiscalí­a a cargo de las pesquisas reportó sólo 19 ví­ctimas en la capital.

La entidad a cargo de las pesquisas no ha emitido ninguna orden de aprehensión en los 19 casos que investiga.

A la fecha se han efectuado 125 allanamientos «sin ningún resultado», según indicó el fiscal Matus, quien añadió que la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala efectúa investigaciones de apoyo por esos asesinatos.

Casos

La Fiscalí­a de Menores Transgresores de la Ley Penal reportó 968 casos; durante 2007, de enero a marzo fueron abiertos en esa sección 173 expedientes.

La citada entidad manifestó que los menores cometen los mismos delitos que un adulto, los cuales van desde el hurto hasta el homicidio.

La ley

El artí­culo 138 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia establece que los actos cometidos por un menor de 13 años de edad, que constituyan delito, «no serán objeto de este tí­tulo».

Las sanciones ejercidas contra los adolescentes mayores de 13 años que incurran en cualquier ilí­cito son menores a las establecidas en el Código Penal y varí­an según la edad: de 13 a 15 años, la pena máxima a solicitar es de dos años de privación de libertad y de 15 a 18 podrí­a ser de 6 años como máxima.